Tag: cortes |
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SEP 2020 22 |
Publicado por Horacio Cardozo |
Se prorroga la prohibición de suspensión de servicios hasta el 31 de diciembre |
El poder ejecutivo estableció mediante DNU que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios hasta el 31 de diciembre del corriente año en caso de mora o falta de pago de hasta SIETE (7) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020.
Recordamos que dicha medida es de aplicación para:
-Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH)
-Beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores al equivalente a dos salarios mínimos vitales y móviles (SMNV)
- Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 SMNV.
-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no superes en dos veces el SMNV.
-Usuarios que perciben el seguro de desempleo
- Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social
-Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N 27.351
- Usuarios incorporados en el Régimen especial de Seguridad Social para empleados de casas particulares.
-Exentos de ABL o tributos locales de igual naturaleza
-Micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes)
-Instituciones de salud públicas y privadas afectadas en la emergencia y;
-Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
Fuente: Decreto 756/2020 - Boletín Oficial
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Tags: horacio felix cardozo - prorroga - servicios - pyme - usuarios - energia - gas - agua corriente - cortes - 31 de diciembre - telefonia movil - tv por cable - energencia - pago - contribuyente - decreto 756/2020 - boletin oficial . |
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JUN 2020 19 |
Publicado por Horacio Cardozo |
Se prorroga la facultad del Poder Ejecutivo de mantener las tarifas de electricidad y la suspensión de los cortes de servicios públicos por falta de pago |
Mediante el decreto 543/20 el Gobierno Nacional dispuso la prórroga de la facultad de mantener las tarifas de los servicios de luz, gas, agua, telefonía fija y móvil, Internet y televisión por cable.
A su vez, el Art. 2 dispuso modificar el Art. 1 del Decreto 311/20 y establecer que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias en caso de mora o falta de pago de hasta SEIS (6) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedando comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso
Cabe remarcar la diferencia con el decreto 311/2020 del 24 de marzo de 2020, el cual prohibía la suspensión o el corte, en caso de falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas.
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Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - dnu - tarifas - pròrroga - cortes - servicios pùblicos |
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