ABR 2020 29 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| LA AFIP AÚN EN LA CUARENTENA Y FERIA FISCAL, FISCALIZARÁ TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTERIOR NO DECLARADAS. |
LA AFIP AÚN EN LA CUARENTENA Y FERIA FISCAL, FISCALIZARÁ TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTERIOR NO DECLARADAS.
AFIP dispuso mediante Resolución General 4703, prorrogar la feria fiscal extraordinaria del 27 de abril al 10 de mayo inclusive, razón por la cual los plazos procesales no estarían computándose para los requerimientos exigidos por la misma.
Si bien esa es la regla, el Art. 2 de la parte resolutiva dispuso, habilitar dicha feria para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Esto a resultas de los informes aportados por la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) a la administración recaudadora, de los que surge que en el mes de Abril han aparecido 950 cuentas bancarias de argentinos en el exterior por montos de 2.600 millones de dólares.
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ABR 2020 29 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| Beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción con últimas modificaciones |
Beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción con últimas modificaciones
Desde la publicación del DNU 332/2020, el Programa de Beneficios al Trabajo y a la Producción ha sido modificada sustancialmente en varias ocasiones. Algunas de las más importantes surgieron con el DNU 376/2020, que dispuso la quita del REPRO, que consistía en una asignación no contributiva para empresas con más de 100 trabajadores cuyo monto variaba entre los $ 6.000 y $ 10.000, y la creación de los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos.
Asimismo, y mediante el Decreto Nº 347/20 creó el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para definir, entre otras cosas los hechos relevantes que justifiquen la inclusión de los sujetos beneficiarios para el Programa ATP.
En consecuencia, se han cambiado tanto el contenido que originalmente otorgaba cada beneficio, como así también los requisitos para poder acceder a cada uno de ellos.
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ABR 2020 29 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| Obligan a los fondos comunes de inversión a tener el 75% de su cartera en pesos para combatir al Contado con Liquidación |
Obligan a los fondos comunes de inversión a tener el 75% de su cartera en pesos para combatir al Contado con Liquidación
A través de la Resolución 836/2020, la Comisión Nacional de Valores dispuso que los fondos comunes de inversión en pesos deberán invertir al menos el 75 % de su patrimonio en instrumentos financieros y valores negociables emitidos en la República Argentina exclusivamente en moneda nacional.
Asimismo en las inversiones en el extranjero al menos el 75% del patrimonio del fondo deberá invertirse en activos autorizados emitidos y negociados en la República Argentina, o en los países que revistan el carácter de “Estado Parte” del MERCOSUR y en la República de chile.
A tales efectos, las Sociedades Gerentes de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos cuya moneda de emisión sea la moneda de curso legal deberán adecuar sus inversiones de acuerdo al siguiente cronograma:
a) Al 4 de mayo de 2020, deberán reducir en un TREINTA POR CIENTO (30%) la inversión en exceso; y
b) al 8 de mayo de 2020, deberán reducir en un TREINTA POR CIENTO (30%) adicional la inversión en exceso.
Anteriormente, y con la resolución 835/2020, ya se habían dispuesto medidas para poner límite a la tenencia de dólares de fondos de inversión, forzando a los mismos a vender sus posiciones en esa moneda en la bolsa.
Con esta medida se busca frenar el avance del contado con liquidación y promocionar la participación en el mercado de capitales de pequeños inversores e instituciones de ahorro público.
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ABR 2020 29 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| AFIP prorroga embargos |
AFIP prorroga embargos
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General N° 4705, dispuso la prórroga de lo dispuesto en el artículo 20 de la Resolución General N° 4.557.
En tales términos se prorroga hasta el 30 de junio de 2020 la suspensión de embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas.
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ABR 2020 28 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| AGIP Prorroga hasta el 11 de Mayo Para los Siguientes Vencimientos |
AGIP
Prorroga hasta el 11 de Mayo Para los Siguientes Vencimientos
En el marco de la Resolución 178/2020 emitida por AGIP, que entrará en vigencia a partir del día 28/04/2020, se establecieron hasta el dia 11 de Mayo prórrogas de los siguientes vencimientos:
-el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento original operó el día 10 de abril de 2020.
-el plazo para el pago de las cuotas de los Planes de Facilidades de Pago, normados por las Leyes Nº 5.616 y N° 6.195, exclusivamente respecto de los acogimientos por los cuales se regularizan obligaciones tributarias en mora derivadas de diferencias de empadronamiento de inmuebles, cuyos vencimientos originales operaron en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 10 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.
-el plazo para el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación sólo se efectúa de modo presencial , cuyos vencimientos originales en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 10 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.
- el plazo para el pago de la Cuota Nº 4/2020 de la Contribución por el Uso y la Ocupación de la Superficie de bienes del dominio público con puestos de venta ambulante por cuenta propia o de terceros/as, cuyo vencimiento original operó el día 13 de abril de 2020.
Se considerarán presentadas y abonadas en término hasta el día 30 de abril de 2020, las Declaraciones Juradas y los depósitos por los Encargados del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, cuyos vencimientos originales operaron en el período comprendido entre los días 25 de marzo y 29 de abril de 2020, ambas fechas inclusive y sobre Impuesto de Sellos, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento operó el día 10 de abril de 2020.
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