La Cámara Nacional de apelaciones del Trabajo, confirmó el pronunciamiento que hace lugar a la demanda por despido iniciado por una secretaria privada que había sido despedida atribuyéndosele haber divulgado información confidencial de uno de sus superiores a través de las redes sociales.
La accionada calificó el hecho como una pérdida de confianza irreversible y la despidió con justa causa. Disconforme con el distracto, la accionante inicia demanda reclamando las indemnizaciones por despido y tanto primera instancia como la Alzada hace lugar a la misma.
La cámara remarca que la demandada no acreditó la pérdida de confianza, es decir no probo que efectivamente haya existido de parte de la secretaria la divulgación de información privada del superior ni especificó la información que la actora habría divulgado.
Es importante destacar que en casos de despido por pérdida de confianza, queda a cargo de la empleadora probar los hechos que provocaron dicha perdida con los distintos medios de prueba, por ejemplo con la declaración de testigos como también acreditando la realización de sumarios internos.
Fuente: “B. F. H. G. c/ Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y otros s/ despido” – Tribunal: – CNTRAB - SALA II – 29/09/2023
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