En efecto, a ya más de dos años de iniciadas las medidas y el Aislamiento por el COVID-19, por medio de la Resolución del Ministerio de Salud N°705/2022, el Gobierno Nacional decidió “modificar” las recomendaciones actuales, suprimiendo la medida del distanciamiento social entre personas de 2(DOS) metros.
Por otro lado, mantuvo ciertas recomendaciones de cuidado generales para la prevención del virus como así también de otras enfermedades respiratorias agudas, ello a través del art. 1 de la Resolución que indica:
a. Continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
b. Asegurar la ventilación de los ambientes.
c. Mantener la higiene adecuada y frecuente de manos.
d. Ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público.
Asimismo, deja sin efecto la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar” dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21.
Por último, dispone que para determinar si un trabajador puede prestar tareas de forma presencial o remota, recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente la sola pertenencia a los grupos de riesgo por parte del trabajador, previstos por el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 627/20.
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