Hasta el 31 de marzo de 2021, la AFIP estará imposibilitada de iniciar juicios de ejecución fiscal y de solicitar traba de medidas cautelares a Pymes y contribuyentes que desarrollen actividades afectadas en forma crítica. El listado de dichas actividades podrá ser consultado en el sitio www.afip.gob.ar/medidas-de-alivio
En el restante de los casos, el Fisco ya puede promover ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares, pero dichas medidas no podrán ser trabadas por el representante del fisco hasta fecha 31/03/2021.
Fuente: RG 4936/2021
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