HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
OCT 2023 25, publicado por Horacio Cardozo
Evasión Fiscal: Extinguen la acción penal por reparación integral  
 

En un reciente fallo el Tribunal Oral Federal de General Roca resolvió extinguir la acción penal mediante la causal de pago integral del perjuicio, en favor de un contribuyente acusado de evadir el pago del Impuesto a las Ganancias.

El hecho por el cual se investigó al contribuyente es el de la no presentación de la declaración jurada por el impuesto a las Ganancias y el uso de facturas falsas para su posterior presentación. Por lo que se lo acusó del delito de evasión tributaria agravada de acuerdo con lo dispuesto por el Régimen Penal Tributario.

La defensa del contribuyente acompaño el comprobante de pago del impuesto solicitando el supuesto de extinción de la acción dispuesto por reparación integral en el nuevo código penal. El pago dedujo la totalidad del monto adeudado incluyendo el capital más los intereses.  

El Fiscal General dictaminó que ante el pago, la acción penal debería extinguirse en virtud de las nuevas causales establecidas en el artículo 59 inc. 6 del nuevo código penal que busca resolver mediante soluciones alternativas el conflicto penal.

El tribunal identificó que por un lado el nuevo código penal introduce los métodos alternativos para resolver, pero también que la modificación que reglamenta al código procesal penal no está vigente. Se decide aplicar el código penal entendiendo que este no depende de la vigencia de la norma que lo reglamenta y que se incurriría en una interpretación de mala fe dejar de aplicar la norma que extingue la acción por el hecho de que el código procesal no sea de aplicación.  

Finalmente, el tribunal ante el dictamen del fiscal y por lo acompañado por la abogada del contribuyente, decide extinguir la acción penal y sobreseer al contribuyente.

Fuente: TOF, 23564/2019, 23564/2019. G.C.A S/ evasión agravada tributaria, fecha 3/10/2023

                                                     




 
Tags: horacio félix cardozo - penal tributario - impuestos - afip - ganancias - reparación integral - evasión
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ganancias y operaciones con dólares: Ingresar fondos del exterior no es especulación financiera
Alivio y claridad a profesionales y empresas que trabajan en el exterior y necesitan ingresar fondos al país. La Cámara Nacional en lo Contencioso Administr...
sin comentarios
La Corte Suprema anula una capitalización de intereses dispuesta sin pedido de las partes
El Alto Tribunal volvió a marcar los límites de la actividad judicial al dejar sin efecto una sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apel...
sin comentarios
El Tribunal Fiscal frena a ARCA y reafirma que el Poder Ejecutivo no puede limitar los beneficios del blanqueo
El Tribunal Fiscal de la Nación dictó un fallo de alto impacto institucional al resolver a favor de Krill Sat Argentina S.A., una empresa que había a...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4561802
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web