Tag: plan de pagos |
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FEB 2023 01 |
Publicado por Horacio Cardozo |
AFIP: nuevo plan de pagos permanente para obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras |
El 24 de enero del corriente el organismo publicó un nuevo plan de facilidades de pago permanente que establece condiciones equitativas para la regularización de las deudas, considerando tanto el perfil de quien desea adherirse, el origen y el tipo de deuda que pretende cancelar y la evaluación del grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales.
Existirán los siguientes planes:
• Por deuda general: para obligaciones impositivas y previsionales.
• Por deuda de impuestos anuales: para obligaciones vencidas a partir del 1 de enero de 2023 del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales.
• Por deuda previsional de monotributo y autónomos
• Por deuda aduanera
• Por deudas provenientes de la actividad fiscalizadora de AFIP
• Planes especiales: para los afectados por la emergencia agropecuaria, estado de desastre declarado en determinadas zonas del país y quienes desarrollen actividades sectoriales afectadas por circunstancias particulares.
De este modo, serán conformados distintos grupos de acuerdo con el tipo de plan que deseen constituir, se dividirán en: pequeños contribuyentes, micro, pequeñas y medianas empresas tramos 1 y 2, entidades sin fines de lucro y demás contribuyentes, y habrán condiciones distintas en cada uno.
La cantidad máxima de planes, el porcentaje del pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas se determinarán según el tipo de contribuyente y el perfil de cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como del tipo de obligación que se pretenda regularizar, de acuerdo a lo establecido en el anexo de la Resolución General N° 5321/2023. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto mínimo de cada cuota será de $2.000. La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de la cancelación del pago a cuenta o, en su caso, de la presentación del plan.
Fuente: www.servicios.afip.gob.ar
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Tags: horacio félix cardozo - afip - plan de pagos - tributario |
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DIC 2022 14 |
Publicado por Horacio Cardozo |
La AFIP extiende el plazo para el acceso al plan de pago y sus beneficios |
La AFIP extendió hasta el 31 de diciembre próximo el régimen de facilidades de pago para aquellos contribuyentes que regularicen sus obligaciones respecto de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
El plan impone condiciones para que los contribuyentes puedan acogerse al beneficio, las mismas son: Los contribuyentes deben estar incluidos dentro de las categorías A, B, C, o D, los pagos podrán abonarse en 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25%, la tasa de financiación prevista en la Resolución General N°4057 y sin considerar el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER). Así, la oficialización de la prórroga se encauzó mediante la Resolución General 5295/2022.
La solicitud de integración al régimen no podrá ser rectificada, y se considerará aceptada si las condiciones se encuentran formalizadas. En caso de infracción de algunas de las condiciones como consecuencia se anulará el plan en cualquier etapa de cumplimiento que se encuentre el mismo, pero no obstaculizará una nueva solicitud de adhesión.
La implementación del régimen posibilita la regularización de los saldos que resultan de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, así como sus respectivos intereses resarcitorios y/o multas por la falta de presentación en caso que correspondan.
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Tags: horacio félix cardozo - afip - plan de pagos - ganancias - bienes personales - tributario - impuestos |
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MAY 2020 04 |
Publicado por Horacio Cardozo |
LA MORATORIA DE ARBA HASTA AHORA NO SE PRORROGÓ. Vence 31.5.20 Beneficios. |
LA MORATORIA DE ARBA HASTA AHORA NO SE PRORROGÓ. Vence 31.5.20 Beneficios.
Con la sanción de la ley 15.165 se implementó en la Provincia de Buenos Aires el régimen para la regularización de deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019 de micro, pequeñas y medianas empresas, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, Automotor, de Ingresos Brutos y Sellos.
Posteriormente, esta ley se reglamentó mediante la R.N. 08/20, estableciendo que la fecha para acceder a este beneficio está comprendida entre el 2 de marzo de 2020 y hasta el 31 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive. Es importante destacar que al día de hoy, no ha salido prórroga alguna, y que la fecha de adhesión antes mencionada sigue aún vigente.
Recordamos que la moratoria consiste en un plan de facilidades para regularizar deudas en hasta 120 cuotas, por el cual se condona el 100% de las multas aplicadas y cuya adhesión implica la remisión del 100% de accesorios por mora e intereses.
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Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - arba - plan de pagos - moratoria |
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