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ENE 2023 11 |
Publicado por Horacio Cardozo |
Rechazan supuesto de despido con causa |
Nuevamente, la justicia falló a favor de un trabajador que fue despedido por su empleador quien se amparó en un supuesto de injuria perpetrado por su dependiente, el cual habría publicado en su página personal de “Facebook” insultos contra personal jerárquico de la empresa.
En esos términos, el tribunal determinó en la sentencia dictado en la Cámara Laboral de Posadas, Misiones, confirmar la sentencia de primera instancia en la causa “García, Federico Manuel vs. El Territorio S.A.I.C.Y.F. s. Acciones laborales de trámite ordinario”, indicando que no se acreditó el supuesto de injuria que amerite la pena máxima del trabajador.
En efecto, indicaron que se desestimó como justa causa de despido que el actor haya posteado en su cuenta de Facebook un mensaje que contenía un insulto u ofensa a sus superiores jerárquicos. El texto en cuestión decía “Menos mal que el virus no contagia a trabajadores de prensa. Podemos estar todos juntos y encerrados en una redacción total somos inmunes. H… de p…”.
Así, coincidieron con el criterio de primera instancia respecto a que la publicación efectuada por el trabajador es genérica y no hace alusión a persona jurídica o física alguna y demuestra, irónicamente, la disconformidad del actor con el hecho de que los trabajadores de prensa debiesen prestar servicios durante el ASPO y en medio de la pandemia por COVID 19, resultando una manifestación de la libertad de expresión consagrada en la Constitución Nacional, la cual debe primar sobre la susceptibilidad de algún superior jerárquico que pudo sentirse tocado por aquella publicación.
Por ello, remarcaron que no surgen de los elementos probatorios de la causa la acreditación de un daño a terceros o a la propia empresa, tampoco se advierte una abierta ofensa al orden y a la moral pública. Es dable resaltar, que el actor efectuó la mentada publicación en su página personal de Facebook, no en un sitio corporativo o institucional de la empresa. Tampoco se ha probado que el actor haya distribuido o difundido dicho “posteo” en el ámbito laboral.
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Tags: despido sin causa - pandemia - aspo - facebook - opinión - derechos laborales |
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SEP 2022 14 |
Publicado por Horacio Cardozo |
PISHING: Ciber estafa bancaria, ordenan a un banco a restituir el dinero debitado a una cliente víctima |
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó una sentencia del juzgado de primera instancia de la provincia de Formosa que hace lugar a una medida autosatisfactiva contra el Banco de Formosa S.A. y ordena a la entidad restituir a la actora, víctima de pishing “ciberestafa”, la suma debitada.
El planteo prosperó en la primera instancia donde se resolvió que al ser el sistema informático una cosa riesgosa, debía responder la entidad financiera como dueño o guardián de la misma, siendo aplicable el art. 40 Ley de defensa del consumidor. Ante la mencionada resolución la entidad bancaria interpuso un recurso de apelación llevando el caso a conocimiento de la Cámara de Apelaciones.
La defensa del banco argumentó que la propia actora es la única responsable por la divulgación de las claves y SMS token para operar con su Home Banking, y que además la decisión tomada fue en base a “presunciones y conjeturas alegadas por la actora que, a su criterio jamás fueron probadas”. En su recurso, también alegó que “el dinero despojado por el supuesto ilícito denunciado no puede ser restituido hallándose en sede penal en plena etapa de instrucción la denuncia formulada por la propia actora”
Los camaristas resolvieron que la entidad financiera no logró desvirtuar la vulnerabilidad del sistema informático, o al menos, no lo ha desvirtuado por prueba en contrario. Los magistrados entendieron que la ausencia de prueba sobre la existencia en su sistema de mecanismos de encriptación de robustez reconocida internacionalmente sella la suerte del recurso.
Fuente: CACYCN, 11/08/2022, Expte. N° 68/2021/CA1, Expte. Nº 12.551/22, N., M. F. c/ Banco de Formosa S.A. s/ medida autosatisfactiva.
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Tags: horacio félix cardozo - pishing - bancos - ciber-estafa - home banking - consumidores |
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AGO 2020 06 |
Publicado por Horacio Cardozo |
Provincia de Buenos Aires: Promesa de plan fiscal que promete la rebaja del 50% en IIBB para Pymes |
El gobierno de la Provincia de Buenos anunció un paquete de medidas fiscales que promete aliviar el impacto de la pandemia.
Entre sus medidas dispone un programa de asistencia tributaria para pymes, autónomos y en general a los contribuyentes afectados por la pandemia , que no pudieron trabajar o lo pudieron hacer con limitaciones y que desarrollen los comercios y servicios como peluquerías, centros de estética, venta de indumentaria y otros comercios barriales; gastronomía y los servicios de enseñanza; actividades culturales y deportivas (espectáculos teatrales, musicales, artísticos y deportivos); servicios relacionados con el turismo, incluidos servicios de alojamiento, transporte, agencias de viaje, etc. y actividades vinculadas a la construcción.
Estos sectores podrán gozar de una bonificación en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que será de 50% para pymes, autónomos y demás contribuyentes y del 15% para grandes empresas.
Asimismo, y en materia de saldos a favor de Ingresos Brutos, se prevé que los contribuyentes puedan compensarlos con obligaciones de los impuestos Inmobiliario y Automotores.
Por otra parte se establecerán planes de pago para las deudas por obligaciones devengadas o vencidas durante la emergencia sanitaria. Si las mismas se cancelan en hasta 12 cuotas el plan no devengará intereses de financiación, en cambio sí generará intereses si la cancelación se produce en hasta 18 cuotas. La tasa de estos intereses no está fijada aún toda vez que estos planes no se han instrumentado todavía. También se prevén planes para agentes de recaudación por omisión de retener o percibir.
Por último, el plan lleva consigo un compromiso asumido y puesto ya en marcha es la reprogramación de las cuotas 2 y 3 del Inmobiliario Urbano y la cuota 2 de Automotores, manteniendo los porcentajes de descuentos estipulados por pago en término. Del mismo modo se prorrogó hasta el 13/10/20 el vencimiento de las cuotas de los planes de pago Pymes cuyos vencimientos hubieran operado en el mes de abril.
Fuente: ambito.com
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Tags: horacio felix cardozo - kicillof - rebaja 50% ibb - ingresos brutos - impuesto inmobiliario - impuesto automotor - promesal plan fiscal provincia de buenos aires - asistencia tributaria para pymes - planes para agentes de recaudación - medidas de alivio fiscal |
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JUL 2020 14 |
Publicado por Horacio Cardozo |
El gobierno analiza blanqueo de capitales para el sector de la Construcción |
Conforme fuera anunciado por el Ministro de Desarrollo Productivo en una entrevista radial, y a pedido de la Cámara Argentina de la Construcción, el gobierno analiza un plan de tres etapas a instrumentarse entre el tercer trimestre de este año y el 2021.
La primera etapa consistiría en la activación de préstamos de emergencia y un régimen de exenciones impositivas que ya había sido incluido en el presupuesto del año 2019 mientras que la segunda etapa crearía “un vehículo de inversión” con miras a impulsar al crédito hipotecario.
Para la tercera etapa, la Cámara Argentina de la Construcción propuso un procedimiento de exteriorización de activos para invertir en obras nuevas y en construcción, se trataría de un “blanqueo para desarrolladores inmobiliarios” presentado bajo el ropaje de un “combate contra la economía informal”, muy habitual en el sector. En esta última etapa, también podría establecerse una “Ley de Vivienda” que incentive la inversión en viviendas para venta, alquiler o leasing para sectores medios y que difiera el pago del Impuesto a las Ganancias sobre el aporte del terreno.
Fuente: www.infobae.com
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Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - comarc - blanqueo de capitales - kulfas - blanqueo para desarrolladores inmobiliarios |
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JUL 2020 07 |
Publicado por Horacio Cardozo |
El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires anuncia medidas de alivio para la economía |
Conforme fuera anunciado en el día de ayer por el gobernador Axel Kicillof, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires oficializó un plan de medidas destinadas a sectores productivos que fueron afectados por la pandemia.
Se trata de una serie de medidas, divididas en cuatro áreas, que buscan complementar las ayudas nacionales. Las mismas se detallan a continuación:
1. Programa de Asistencia Tributaria de Emergencia
-Se reducirá la alícuota en los regímenes de deducciones (ingresos brutos) para PYMES y empresas con caídas de ventas;
-se le dará un beneficio financiero a los agentes de recaudación;
-se habilitará una compensación de impuestos provinciales;
-lanzarán un plan de pagos covid-19 para deudas tributarias contraídas durante la pandemia;
-se extenderán los planes generales de pagos existentes; y;
-se bonificarán los ingresos brutos hasta fin de año para sectores afectados, principalmente quienes no pudieron funcionar o lo hicieron pero con una fuerte caída de sus ventas.
2. Programa de Preservación de Trabajo (PPT)
Se compensará el salario de los empleados con hasta el 50% del salario mínimo vital y móvil y apuntará a aquellas empresas golpeadas por la crisis que no pudieron acceder a los programas nacionales.
Esta asignación durará por un periodo de tres meses, prorrogables hasta un máximo de 12 meses o mientras dure la emergencia sanitaria, social y económica si su plazo fuera mayor.
3. Programa de Asistencia Financiera COVID-19
-El Banco Provincia entregará un programa de asistencia financiera que consistirá en la creación del Préstamo Evolución, una línea crediticia a un año para capital de trabajo, con financiamiento al 35% y tres meses de gracia;
-Ampliarán la Tarjeta Pactar a otros sectores, la que les permitirá adquirir bienes de capital y materias primas al 35% a 180 días. La empresa proveedora recibirá los fondos dentro de las 48 horas de realizada la venta;
- Programa Compre Bonaerense BAPRO: Se otorgará financiamiento para la adquisición de bienes de capital nuevo y usado, para ser aplicados a la producción de bienes y servicios. En hasta un 100% de la inversión. Se podrá financiar en
36, 48 o 60 meses con tasas de 20%, 22% y 24% y por un monto de hasta $350 millones.
4. Fondo Especial Municipal para la Asistencia de Sectores Turísticos y Culturales
- Se crea un Fondo de asistencia para distribuir que dispondrá de 300 millones de pesos a distribuirse entre los 135 municipios de la Provincia de Buenos Aires, cuyo destino será para gastos de adecuación de locales y espacios, mantenimiento, equipamiento y adquisición de insumos para la reapertura del turismo.
Fuente: www.ambito.com
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Tags: horacio felix cardozo - arba - gobierno de la provincia de buenos aires - axel kicillof - medidas de alivio económico - plan de medidas - atp provincia de buenos aires - créditos compra insumos - ayuda al sector turístico |
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OCT 2018 30 |
Publicado por Horacio Cardozo |
RUTA DEL DINERO K: COMENZÓ EL JUICIO A LÁZARO BAEZ |
El empresario detenido Lázaro Báez, sus cuatro hijos –Martín, Leandro, Luciana y Melina-, el arrepentido Fariña, el abogado Jorge Chueco, el contador Daniel Pérez Gadín, su hijo Sebastián Pérez Gadín, el financista Federico Elaskar, el empresario Juan Carlos Molinari, el presidente de Austral Construcciones -la empresa insignia de Báez-, Julio Mendoza, y Fabián Rossi, el ex marido de la vedette Iliana Calabró, entre otros acusados, comenzaron a ser juzgados por presunto lavado de dinero en la causa que se conoce como "la ruta del dinero k"
El empresario está detenido desde abril de 2016 en la cárcel de Ezeiza
Fariña declaró en esta causa como arrepentido y está bajo el programa de protección de testigos e imputados
Concretamente, la acusación es por haber lavado dinero proveniente de fondos de la obra pública que Báez recibió de los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner
https://www.infobae.com/politica/2018/10/30/ruta-del-dinero-k-empieza-hoy-el-juicio-a-lazaro-baez-por-lavado-de-dinero/
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Tags: lavado de dinero - lavado de activos - casación - uif - querellante - penal tributario - detenido - carcel - imputado - derecho tributario - ruta del dinero - k - kirchnerismo - lázaro baez - baez - fariña - elaskar |
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JUN 2017 08 |
Publicado por Horacio Cardozo |
La UBA subió 10 puestos en un prestigioso ranking mundial de universidades |
La UBA entre las mejores 100 del mundo, otra vez!
La Universidad de Buenos Aires escaló por cuarto año consecutivo en el Ranking Global QS y se consolida entre las más prestigiosas del mundo. Además, fue elegida como la mejor de Iberoamérica, por tercer año consecutivo.
La Universidad de Buenos Aires ascendió al puesto 75 del Ranking Global QS 2017/8. Parecen números fríos, pero demuestran una importante valoración sobre la calidad de la educación pública en Argentina. Además, de esta manera, permanece como la mejor universidad iberoamericana por tercer año consecutivo.
Otro dato significativo es que es el cuarto año consecutivo en que la casa de altos estudios escala posiciones en la élite global. De hecho, en 2014 se ubicaba en la posición 209, por lo que el crecimiento en estos tres años fue exponencial.
Para el rector de la UBA, Alberto Barbieri, hubo diferentes claves que permitieron esta escala sostenida: "La política de internacionalización, el fortalecimiento de la investigación, la actualización de los planes de estudio, los programas de extensión y asistencia técnica, que apuntan a la comunidad y al mundo productivo, hicieron que la UBA alcance el puesto 75 en el Ranking QS".
"Este reconocimiento, que viene de afuera, nos permite potenciar las investigaciones, los intercambios, los programas educativos. Es un gran refuerzo que se le hace a la universidad pública", sostuvo Barbieri.
El Ranking QS es anual y se sustenta sobre cuatro pilares: investigación, calidad de la enseñanza, reputación empresarial e internacionalización. Su elaboración permite que la comunidad académica acceda a un informe detallado de cada universidad. Para lograrlo, analiza seis indicadores: reputación académica, reputación entre los empresarios, ratio de estudiantes por profesor, citaciones por facultad y la proporción de alumnos y profesores internacionales.
A nivel global, la UBA se posiciona por delante de prestigiosas instituciones como la University of North Carolina (80°), Boston University (81°), The Ohaio State University (86°), la Universidad Hebrea de Jerusalén (145º), la Universitat de Barcelona (156º), la Universidad de Liverpool (173°), la Universitat Autónoma de Barcelona (195º), la Universidad Autónoma de Madrid (187º), la Universidad Sapienza de Roma (215°), la Universidad Complutense de Madrid (233º) y Université Paris Sorbonne (269º), entre otras.
http://www.infobae.com/tendencias/2017/06/07/la-uba-subio-10-puestos-en-un-prestigioso-ranking-mundial-de-universidades/
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Tags: uba - ranking 75 - ranking global qs |
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MAR 2016 23 |
Publicado por Horacio Cardozo |
La Cámara Penal Económco confirmó clausura y multa para que tenga efecto disuasivo. |
Clausura. Omisión de entregar ticket.
La Sala A confirmó la aplicación de una multa de trescientos pesos y de tres días de clausura ante la omisión de emitir un ticket por la consumición de dos cafés, cuyo precio total ascendía a $52.
En el marco de una fiscalización, dos funcionarios de AFIP-DGI se constituyeron en el local comercial de T.S. S.R.L. y, tomando parte como consumidores, verificaron que el contribuyente no emitió comprobante respecto de una operación de $52. Ante ello, los inspectores labraron la correspondiente acta e instruyeron el sumario por la infracción prevista en el art. 40 de la ley 11.683.
Sin perjuicio de que el contribuyente manifestó que la sanción aplicada era desmedida y que los antecedentes mencionados por el fisco no revisten una gravedad que amerite la aplicación de la clausura; la Cámara sostuvo que aquellos argumentos no resultan válidos para desvirtuar la existencia de la infracción constatada. Máxime cuando el contribuyente jamás redarguyó de falsedad el instrumento público en el que consta la violación detectada. Al confirmar la Resolución apelada, también pusieron de relieve que la CSJN, sostuvo que las normas relativas a la emisión de facturas se establecen para determinar la capacidad tributaria de los contribuyentes y para ejercer el control del circuito económico por el cual circulan los bienes, garantizándose la igualdad tributaria de los responsables.
Asimismo, y a fin de justificar tan gravosa sanción, advirtieron que la mera aplicación de la multa prevista en la normativa vigente no genera el efecto disuasivo para que los contribuyentes modifiquen las conductas en lo inmediato. Por ello, consideraron que resulta apropiado, teniendo en cuenta aquellos fines, imponer la pena de multa y la pena de clausura en forma conjunta.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, Sala B, "TS SRL S/INFRACCIÓN LEY 11.683", 02/03/2016.
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Tags: la cámara penal económico - sala a - afip - dgi - resolucion apelada - csjn - cámara nacional de apelaciones - sala b - clausura - ticket |
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NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN |
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