HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 

MAY 2019
15

Publicado por Horacio Cardozo
Cual es la exención mas absurda del derecho tributario Argentino?

Ayer en una clase del postgrado en Derecho Tributario de la Facultad de Derecho (UBA) surgió este tema. La respuesta es la exención a los directores de sociedades anónimas, los que estan exentos, en la medida que: 1. si se acredita la efectiva prestación de servicios, 2. que exista una razonable relación entre el honorario y la tarea desempeñada, 3. que responda a los objetivos de la entidad y 4. sea compatible con las practicas y usos del mercado. Que quiso decir la Ley? A que monto de honorarios se refiere? diez mil, cien mil, un millon? Alguien me lo puede responder?



Creo que en esta redacción hay ideología y no parametros para ser tenidos en cuenta por el asesor y por los jueces, lo que genera una gran incertidumbre, conflictos judiciales y costos para los contribuyentes y la administración.


Tags: exenciones - exención - iva - impuesto al valor agregado - derecho tributario.
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MAY 2019
10

Publicado por Horacio Cardozo
INVITACIÓN CURSO AMIA: Estrategias frente a las Inspecciones y Embargos de AFIP, AGIP y ARBA

Capacitaciòn de Empresas: Estrategias frente a las inspecciones y embargos de AFIP, AGIP y ARBA



Contenidos




  • Estrategias del contribuyente ante la fiscalización y como manejar una inspección.

  • Facultades de la AFIP y la ley de procedimientos tributarios.

  • Actuación del inspector.

  • Facultades de la AFIP y la ley Penal Tributaria. Límites.

    Actuación del inspector en los casos de denuncia penal.

  • Aspectos formales de la actuación de los inspectores.

    Actas. Testigos. Negativa a firmar.

    Consecuencias. Animosidad del inspector.

    Notificaciones. Sujetos intervinientes.

  • Consecuencias del bloqueo Fiscal. Ley tapón.

  • Función y objetivos de la inspección. Resultados.

    Pasos Posteriores a la inspección.

  • Las facturas apócrifas.

  • No conformidad con lo actuado por el inspector.

    Defensas y derechos de los contribuyentes.

  • Límites de la facultad de la Fiscalización. Supervivencia del contribuyente.

     



Capacitador



Horacio Cardozo

 



¿CUÁNDO?



4 de junio de 10.30 a 13 hs.

 



¿DÓNDE?



Pte. J. E. Uriburu 650 (CABA).

 



VALOR



$1.450 finales.



10% de descuento por inscripción temprana.



Vacantes limitadas



 



Más información



de cursos para empresas y profesionales



capacitaciones@amia-empleos.org.ar



o al (011) 4959-8824




Tags: forum jurídico fiscal - derecho tributario - impuestos - ley tributaria - horacio cardozo
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MAY 2019
10

Publicado por Horacio Cardozo
FACTURAS APOCRIFAS, una forma estupida de evasión y carcel efectiva// Comentario que nos publicara ABOGADOS.COM.AR





I. Facturas Apócrifas, ¿Todos las usan?









Uno de los grandes desafíos que afronta la Administración Pública moderna, es la lucha contra las facturas apócrifas.



Las mismas, se han convertido en el mayor elemento perseguido por AFIP, a efectos de iniciar fiscalizaciones y denuncias penales.



La factura apócrifa, debe su nombre principalmente a que se trata de un tipo de comprobante que registra una operatoria comercial que nunca ha sucedido en la realidad.



Los adquirentes de las mismas, suelen utilizarlas a efectos de erosionar a base imponible de determinados Tributos, pues permitiría el cómputo de un crédito fiscal –en relación al Impuesto al Valor Agregado- o de un gasto computable –en relación al Impuesto a las Ganancias-, que no se correspondería con la realidad, pues la operatoria en si, jamás acaeció.



El beneficio, sin duda alguna es, generalmente un retorno con el cual se queda el emisor de la factura apócrifa, el cual consiste, en la mayoría de los casos, en un porcentaje del crédito fiscal que le permite computar a su adquirente y, en el caso de este último, la erosión de la base imponible respectiva, pues el computo de tal crédito fiscal y del eventual gastos deducible de Ganancias, irroga un menor gasto al final de cuentas que el monto que deberá abonar por dicha factura y que llega hasta el 51% del monto facturado.



Esta operatoria no es nueva, sino que en la década del 70 ya había iniciado dicha práctica, utilizando comprobantes en el rubro de los regímenes de promoción.



Asimismo, han sido sustanciosos los casos millonarios donde se han detectado este tipo de casos.



Por ejemplo, desde el conocido precedente Skanska, pasando por Koner – Salgado, he inclusive se estudia su problemática actual en el marco del Delito de Lavado de Dinero y demás asociados.



II. El control de AFIP: Es tan fácil



Lo que el usuario de tales comprobantes apócrifos desconoce, en suma, es que la evasión que pretende por medio de los mismos, es fácilmente detectable por la Administración y, en virtud de ello, en la actualidad hay numerosos casos denunciados ante la Justicia Penal Económica o ante la Justicia Federal en el interior del país.



Pues, en principio, AFIP ha habilitado diferentes bases de datos, tales como la Base APOC, e inclusive ahora empezará a regir el famoso Sistema de Capacidad Económica Financiera, el cual adjudicará un determinado coeficiente al contribuyente, en el marco del cual se reputará que posee espalda operativa y financiera para efectuar determinadas actividades y, en consecuencia, toda venta que escape a la misma podrá ser reputada directamente como una operación ficticia, respaldada en base a un comprobante apócrifo.



Este dato que podría ser menor, en definitiva no lo es, pues AFIP posee numerosos sistemas de control en la actualidad, mediante los cuales puede detectar mediante un simple análisis de la información contenida en sus bases de datos sobre la posibilidad de que el sujeto emisor de dicha factura, tenga la capacidad de realizar en la práctica dicha operatoria.



A meros efectos ilustrativos, se podría citar c  CONTINUA en:



https://www.abogados.com.ar/factura-apocrifa-una-forma-estupida-de-evasion-y-de-carcel-efectiva/23049




Tags: factura apocrifa - penal tributario
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ABR 2019
16

Publicado por Horacio Cardozo
NUEVO PROGRAMA- EDICIÓN 17/04/2019

Este miércoles, en su nuevo horario de las 20 hs, por Argentinísima Satelital, señal receptada por todos los cables operadores del país, está en marcha la  temporada 2019 de Forum Jurídico Fiscal el que también puede verse en diferido a través de nuestra página web www.forumjuridicofiscal.com.ar  o accediendo a nuestro canal de You Tube.

En este programa entrevistamos al Dr. CP Ezequiel Passarelli, tributarista y consultor de empresas, respecto de la conveniencia o no del Revalúo y el ajuste por inflación

Asimismo contamos en esta edición con una columna de la Dra. Abog. Susana Accorinti , especialista en temas de Seguridad Social, sobre una jurisprudencia acerca de la responsabilidad solidaria de los empleadores

Más aún, el Dr. CP Osvaldo Balán, destacado tributarista, nos explica el tratamiento de las viviendas sociales.

Y como siempre ¿Qué estamos twitteando en materia tributaria? la sección dedicada a las últimas novedades que surgen de las redes sociales .Por supuesto, siempre hay algo nuevo, inauguramos el Servicio Meteorológico Tributario.

El objetivo es difundir, explicar y analizar las diversas normas y sus modificaciones a través de los más destacados profesionales y de las autoridades que tienen a su cargo la aplicación y fiscalización de las mismas, en materia tributaria, jurídica, económica, de los recursos de la seguridad social y laboral.

Los esperamos

Conducción                             Belisario Mocchi

Producción Periodística :  Ricardo H. Ferraro

Producción Ejecutiva:         Ramón E. Pena



                                                          


Tags: forum jurídico fiscal - derecho tributario - impuestos - ley tributaria - horacio cardozo
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ABR 2019
10

Publicado por Horacio Cardozo
NUEVO PROGRAMA - EDICIÓN 09/04/2019

Ayer,  a las 20 hs , en su nuevo día y horario, por Argentinísima Satelital, señal receptada por todos los cables operadores del país, comienza la  temporada 2019 de Forum Jurídico Fiscal el que también puede verse por el Canal 14 de Santiago del Estero y en diferido a través de nuestra página web www.forumjuridicofiscal.com.ar  o accediendo a nuestro canal de You Tube.

En esta edición charlamos con el Dr. CP Martín Caranta, consultor y analista tributario, respecto de un tema que trae mucha preocupación a los contribuyentes: ¿cuándo un gasto es necesario? Pero nos preguntamos ¿acaso no está claro en la Ley de Ganancias?. Reciente fallo sembró dudas.

Otro tema candente y de aplicación desde el 1/1/18 es la distribución de dividendos y utilidades, más la incertidumbre que traen las presunciones de la Ley de Ganancias. Para analizarlo, entrevistamos al Dr. CP Ezequiel Passarelli, también consultor y especialista tributarioa propósito de las modificaciones introducidas al tributo.

Y como siempre ¿Qué estamos twitteando en materia tributaria? la sección dedicada a las últimas novedades que surgen de las redes sociales. Y como no podía ser de otra manera incorporamos una nueva sección: Recorrido por las Provincias, mencionando las normas más destacadas. Por supuesto que hay más, súmense.

El objetivo es difundir, explicar y analizar las diversas normas y sus modificaciones a través de los más destacados profesionales y de las autoridades que tienen a su cargo la aplicación y fiscalización de las mismas, en materia tributaria, jurídica, económica, de los recursos de la seguridad social y laboral.

Los esperamos







                                                        


Tags: forum jurÍdico fiscal - derecho tributario - ley tributaria - impuestos - horacio cardozo
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ABR 2019
04

Publicado por Horacio Cardozo
ESTRATEGIAS FRENTE A LAS INSPECCIONES Y EMBARGOS DE AFIP, AGIP Y ARBA


Tags: cursos 2019 - estrategias frente a las inspeccciones - afip - agip - arba - horacio cardozo
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