HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 

SEP 2018
03

Publicado por Horacio Cardozo
HUMOR TRIBUTARIO!


Tags: humor tributario - afip - monotributo
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SEP 2018
03

Publicado por Horacio Cardozo
FORUM JURIDICO FISCAL



Nuevo programa de Forum Jurídico Fiscal

www.forumjuridicofiscal.com.ar




FORUM JURÍDICO FISCAL, por Argentinísima Satelital, señal receptada por todos los cables operadores del

país, se emite un nuevo programa, que también puede verse en diferido a través de nuestra página

web www.forumjuridicofiscal.com.ar  o accediendo al canal de You Tube.

Una cuestión de pura actualidad abordamos con el   Dr. Abog. Horacio Cardozo, con él charlamos con

relación a los allanamientos, tanto del domicilio como de los estudios y las precauciones que hay que toma

En otro bloque entrevistamos al Dr. CP Félix J. Rolando sobre la compraventa de inmuebles en función del

borrador de decreto reglamentario que circula en los medios

• ¿Qué pasó en la semana? con variada temática . Y, por supuesto, ¿Qué estamos tweettiando en materia

tributaria?, el bloque que expresa el pensamiento vivo de los profesionales 

El objetivo es difundir, explicar y analizar las diversas normas y sus modificaciones a través de los más

destacados profesionales y de las autoridades que tienen a su cargo la aplicación y fiscalización de las


mismas, en materia tributaria, jurídica, económica, de los recursos de la seguridad social y laboral.








 



Tags: forum jurídico fiscal - derecho tributario - - impuestos - allanamientos - horacio cardozo
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SEP 2018
03

Publicado por Horacio Cardozo
Forum Juridico Fiscal - ENTREVISTA a Horacio Cardozo

Programa N°187 – 30 de Agosto del 2018



Invitados Especiales:

-Dr. Horacio Felix Cardozo. Recaudos a considerar en allanamientos a domicilios y estudios contables.

-Dr. Felix Rolando. Compraventa de inmuebles.



Temas Varios:

-Que paso en la semana. Consulta cotizaciones Art

-Que estamos twiteando en Materia tributaria.

https://youtu.be/1-6NgYWUHns


Tags: forum jurídico fiscal - derecho tributario - - impuestos - allanamientos - horacio cardozo
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AGO 2018
29

Publicado por Horacio Cardozo
Reseña Informativa de Fallos: Ámbito Financiero -Agosto 18-

DELITOS ADUANEROS. EXCARCELACIÓN.

Casación enumera los requisitos necesarios para que proceda​

Casación entiende que es determinante la gravedad de la infracción, la escala punitiva de la pena, el riesgo de entorpecimiento de la investigación y de fuga del procesado

Pero no sólo repercute la gravedad del delito sino además, las particularidades del caso, tales como el intento de ingresar a plaza la mercadería en infracción, el pago de dádivas a funcionarios aduaneros, que la mercadería que intentaba ingresar a plaza de modo irregular ya se encontraba comprendida en una investigación penal y, finalmente, que aquella mercadería es de gran valor económico

Todo ello, debido a que dichas circunstancias ponen en evidencia que el hecho no habría podido cometerse sin la intervención de otra u otras personas y sin cierto grado de distribución de roles

En tales términos, manifestó que la prisión preventiva deviene en una medida cautelar y no punitiva para el procesado. Pues, entendió que existe riesgo procesal de entorpecimiento de la investigación, al entender que la imputada podría tener vínculos con personas especializadas en comercio exterior o con personal aduanero en connivencia con el ilícito en cuestión

Al mismo tiempo, el entorpecimiento de la investigación también se sustenta, en que es la misma imputación penal investigada en otro caso, lo cual, a criterio de Casación, evidencia el propósito de entorpecer la investigación principal, dado que mediante el ingreso irregular de mercadería a plaza se habría frustrado la investigación anterior.

Cámara Federal de Casación Penal, Sala I, 29/06/2018, “F., G. F. s/recurso de casación” Expte. CPE 529/2016/265/9/1/CFC19


Tags: ambito financiero - fallos - aduana - delitos aduaneros - casacion
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AGO 2018
29

Publicado por Horacio Cardozo
Reseña Informativa de Fallos: Ámbito Financiero -Agosto 18-

FRAUDE LABORAL. COOPERATIVAS

Las relaciones entre terceros y cooperativas no constituyen por si solos fraude al régimen laboral


Salvo que se demuestre la existencia de fraude laboral, no puede hablarse de relación de trabajo entre los asociados a la cooperativa y quienes contratan sus servicios, en tales términos, entendió Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social Para ello, sería necesario de parte de la Administración, la intervención e investigación de la Cooperativa, a modo de constatar cuál era la situación previsional del sujeto involucrado



Es decir, no basta con una mera conjetura de factores o indicios, sino que debe mediar una investigación cierta de la Administración encausada a demostrar la existencia efectiva del fraude laboral, maxime cuando la supuesta trabajadora ha declarado en el expediente afirmando que pertenece a la cooperativa.

Por lo tanto, será pura y exclusivamente una cuestión de hecho y

prueba demostrar que los asociados cooperativos, son en realidad

trabajadores de quienes contratan con la cooperativa

De tal forma, la Cámara declaró la nulidad del procedimiento Administrativo llevado a cabo por AFIP y las Resoluciones que de allí resultaron.

Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, 22/06/2018, “LEOART y Asociados S.A. c/ AFIP s/Impugnación de deuda”

Expte. Nro. 66.972/2011


Tags: ambito financiero - fallos - cámara federal de la seguridad social - fraude laboral - cooperativas
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AGO 2018
29

Publicado por Horacio Cardozo
Reseña Informativa de Fallos: Ámbito Financiero -Agosto 18-

PARA ALGUNOS LA REFORMA PENAL TRIBUTARIA NO ES LEY PENAL MÁS BENIGNA.

Casación entiende que es determinante la gravedad de la infracción, la escala punitiva de la pena, el riesgo de entorpecimiento de la investigación y de fuga del procesado

Pero no sólo repercute la gravedad del delito sino además, las particularidades del caso, tales como el intento de ingresar a plaza la mercadería en infracción, el pago de dádivas a funcionarios aduaneros, que la mercadería que intentaba ingresar a plaza de modo irregular ya se encontraba comprendida en una investigación penal y, finalmente, que aquella mercadería es de gran valor económico

Todo ello, debido a que dichas circunstancias ponen en evidencia que el hecho no habría podido cometerse sin la intervención de otra u otras personas y sin cierto grado de distribución de roles

En tales términos, manifestó que la prisión preventiva deviene en una medida cautelar y no punitiva para el procesado. Pues, entendió que existe riesgo procesal de entorpecimiento de la investigación, al entender que la imputada podría tener vínculos con personas especializadas en comercio exterior o con personal aduanero en connivencia con el ilícito en cuestión

Al mismo tiempo, el entorpecimiento de la investigación también se sustenta, en que es la misma imputación penal investigada en otro caso, lo cual, a criterio de Casación, evidencia el propósito de entorpecer la investigación principal, dado que mediante el ingreso irregular de mercadería a plaza se habría frustrado la investigación anterior.



Cámara Federal de Casación Penal, Sala I, 29/06/2018, “F., G.F. s/recurso de casación” Expte. CPE 529/2016/265/9/1/CFC19



 



 


Tags: ambito financiero - fallos - casacion - ley penal tributaria
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