HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 

MAR 2021
04

Publicado por Horacio Cardozo
Rechazan una demanda por acoso laboral

En efecto, en la causa “G., A. F. c/ Big FS S.A. s/ Despido”, la Cámara del Trabajo entendió que la práctica desplegada por el empleador, intimando a la trabajadora a retomar tareas y enviándole médicos laborales a su domicilio para confirmar la supuesta enfermedad de la misma, no implicó un hostigamiento o acoso tal como para que la trabajadora pueda considerarse despedida por ello.

En este caso el tribunal consideró oportuno rechazar la demanda por despido iniciada por una trabajadora que adujo padecer hostigamiento debido a que el empleador le enviaba controles médicos domiciliarios y la intimaba a justificar inasistencias y retomar tareas, en el marco de un conflicto motivado por un accidente de trabajo sufrido por la trabajadora.

Sin perjuicio de ello, dado que según entendió la justicia, no pudo considerarse como acreditado que la actora sufriese algún tipo de mobbing (o sea acoso laboral u hostigamiento), pues la parte empleadora solo se limitó a ejercer la facultad de control médico otorgada por el art. 210 de la Ley de Contratos de Trabajo y a requerirle telegráficamente a la actora que justificase sus ausencias, y que adjunte los certificados médicos pertinentes, por lo cual no puede considerarse dicha conducta de la patronal como hostigamiento laboral. Sumado a ello, la trabajadora no invocó hechos, conductas u omisiones de la demandada que revelen la comisión de actos ilícitos y prohibidos, que configuren acoso laboral alguno.

En suma, se dio por rechazada la demanda, atento que no existió ninguna conducta ilegitima por parte de la empresa, por ello, hacemos la aclaración de que en el caso de que un trabajador que no se encuentre con licencia médica, o ya dado de alta en caso de haberla gozado, la empleadora está mas que facultada para intimarlo a justificar ausencias, o bien enviarle un médico laboral, y luego intimarlo a retomar tareas.



 


Tags: derecho laboral. acoso laboral. mobbing. hostigamiento. improcedencia. rechazo de demanda. conducta legitima.
  Comentarios   0
 

MAR 2021
04

Publicado por Horacio Cardozo
Se amplía DISPO hasta el 12 de marzo

Como es de público conocimiento, el gobierno decidió volver a prorrogar las medidas de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 12 de marzo del corriente año. Ello, con los siguientes detalles:

-Se pueden realizar clases presenciales, siempre que se cumplan con los protocolos aprobados por las autoridades correspondientes.

En este sentido, se mantiene la prohibición del uso del transporte público en el AMBA para trabajadores que no sean considerados esenciales, pero quedan exceptuados de esta prohibición el personal docente, los alumnos y sus acompañantes.

-Medidas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO): Al dia de la fecha, no es de aplicación en ningún lugar del país

-Se mantiene la dispensa de los adultos mayores y personas en situación de mayor riesgo de asistir al trabajo, como así también se continúa con las asignaciones no remunerativas en materia de aportes y contribuciones patronales.

Vease: http://horaciocardozo.com.ar/general/946-dispensa-del-deber-de-trabajar-de-los-grupos-de-riesgo-apueden-retomar.html

Fuente: Decreto 125/2021



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - cuarentena - aislamiento social preventivo y obligatorio - distanciamiento social preventivo y obligatorio – aspo – dispo – decreto 125/2021 – prorroga aislamiento – cuarentena 12 de marzo – hasta cuando dura la cuarentena
  Comentarios   0
 

MAR 2021
04

Publicado por Horacio Cardozo
Provincia: nuevo plan de facilidades para agentes de recaudación

En su habitual discurso ante la Asamblea Legislativa en Provincia de Buenos Aires, el Gobernador anunció que habrá un plan de facilidades de pago destinado a los agentes de recaudación.

En tales términos, anunció que este régimen estará destinado a agentes de recaudación que no ingresaron fondos retenidos en sus operaciones con contribuyentes de Ingresos Brutos.

Asimismo, enviará una ley para unificar el monotributo y simplificar el pago de impuesto a los Ingresos Brutos, donde se pagará una cuota fija mensual sin necesidad de presentar declaraciones juradas y sin la aplicación de retenciones.



 


Tags: horacio felix cardozo – agentes de recaudación – plan de facilidades agentes de recaudación – percepciones y retenciones provincia – unificación monotributo – nuevas medidas de alivio provincia – monotributo simplificado – ingresos brutos provincia
  Comentarios   0
 

MAR 2021
04

Publicado por Horacio Cardozo
NUEVA MORATORIA PARA LAS PYMES EN PROVINCIA

El gobernador de la Provincia de Buenos Aires anunció un plan de incentivo a la producción que viene acompañado de una nueva moratoria que buscará dar alivio a las Pymes.

Más allá de que no hubiera dado mayores detalles, adelantó que esta moratoria condonará intereses en función de la capacidad de pago de los contribuyentes, brindando mayores beneficios para las Pymes.

Dentro del plan de incentivo a la producción se anunció también una serie de medidas que incluyen un programa de financiamiento para la recuperación productiva, donde se destinarán $ 50.000 millones para otorgar créditos  y; un plan de reactivación a través de la obra pública por $ 170 millones que será destinado a infraestructura.


Tags: horacio felix cardozo –nueva moratoria provincia – beneficios pymes provincia – anuncio medidas provincia – condonación intereses pymes – nueva moratoria condona intereses – programa de financiamiento para la recuperación productiva – plan de reactivación obra publica – medidas de alivio provincia
  Comentarios   0
 

MAR 2021
04

Publicado por Horacio Cardozo
Al impuesto a la riqueza no se le puede aplicar la Ley Penal Tributaria

La Secretaria de Hacienda redefinió al impuesto a la riqueza como un “ingreso no tributario”, dejando sin efecto su anterior definición de “impuesto” y pasando a ser meramente un aporte de emergencia.

En tales términos, y bajo esta clasificación, no podría aplicarse la ley penal tributaria, pues conforme lo dispuesto por esta ley dicho régimen se aplica sólo a los tributos.

Sin embargo, consideramos que más allá del nombre que quiera asignarse la secretaria, ello no afecta la naturaleza jurídica de este impuesto, porque se trata de una prestación coactiva que exige el estado para satisfacer sus necesidades.

Es decir, que si tiene cuatro patas, mueve la cola y encima ladra, se trata de un perro, aun cuando queramos llamarlo dinosaurio.

Fuente: Res (SH) 15/2021 Y Res (SH) 22/2021


Tags: horacio felix cardozo – afip – impuesto a la riqueza – aporte solidario – aporte de emergencia – riqueza ley penal tributaria – definición riqueza secretaria de hacienda – res 15/2021 – res 22/2021
  Comentarios   0
 

MAR 2021
02

Publicado por Horacio Cardozo
Taller Virtual Intensivo: Impuesto a la Riqueza

Estudio Rosenblat y Estudio Cardozo, dictarán conjuntamente Taller virtual Intensivo sobre Impuesto a la Riqueza.




Tags: horacio felix cardozo - afip - bligaciones tributarias - impuesto a la riqueza - estudio rosenblat - taller intensivo
  Comentarios   0
 
<- Publicaciones anterioes Publicaciones mas recientes ->
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
La Corte Suprema ratifica la fuerza de la cosa juzgada en materia tributaria y limita la reapertura de defensas ya resueltas
En un reciente fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una acción promovida contra la Provincia de Buenos Aires y reafirmó el...
sin comentarios
La Cámara del Trabajo confirmó la extinción del vínculo por la prolongada inactividad de ambas partes
En un reciente fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IX, confirmó una sentencia que rechazó los créditos indemnizatorios ...
sin comentarios
Impuesto al cheque: la Justicia ordena devolver retenciones millonarias por cuenta de pagos electrónicos
En un reciente fallo, la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal reconoció que no corresponde aplicar el Impuesto a los Créditos y D...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 5465542
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web