HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: feria fiscal extraordinaria
 

JUN 2020
30

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP: Se prorroga la Feria fiscal extraordinaria hasta el 17 de julio

La administración Federal de Ingresos Publicos determinó a través de la Resolución General 4750 que entre los días 29 de junio y 17 de julio de 2020, ambos inclusive, se prorroga el plazo de la  feria fiscal extraordinaria.

En tales términos, durante la vigencia de la feria fiscal quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos realizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El organismo seguirá ejerciendo sus facultades de contralor, para lo cual los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante la feria, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período de feria fiscal extraordinaria.

Asimismo Quedan exceptuados los plazos de aplicación de esta normativa los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Esta resolución es una continuación de las anteriores Resoluciones Generales Nros. 4.682, 4.692, 4.695, 4.703, 4.713, 4.722 y 4.736, fijando períodos de ferias fiscales extraordinarias hasta el día 28 de junio de 2020.



 


Tags: horacio félix cardozo - afip - prorroga - feria fiscal extraordinaria - covid -19
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MAY 2020
12

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP: se extiende la Feria Fiscal Extraordinaria

AFIP: se extiende la Feria Fiscal Extraordinaria

La Administración Federal de Ingresos Públicos fija, entre los días 11 y 24 de mayo de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias.

Recordamos que durante la vigencia de la feria fiscal quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos realizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Asimismo el organismo seguirá ejerciendo sus facultades de contralor, para lo cual los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante la feria, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período de feria fiscal extraordinaria.



 



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - afip - extensión feria - feria fiscal extraordinaria - 24 de mayo
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