HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: ley27743
 

NOV 2025
12

Publicado por Horacio Cardozo
Discrepancias en el TFN sobre la condonación de multas

El Tribunal Fiscal de la Nación acaba de dictar dos fallos con criterios distintos sobre un tema que genera debate entre contribuyentes y profesionales: si corresponde o no la condonación de multas cuando la deuda se pagó después del 31 de marzo de 2024, pero antes de que entrara en vigencia la Ley 27.743.

Esa ley creó un régimen de regularización para ponerse al día con impuestos, aportes y contribuciones, ofreciendo beneficios importantes como la condonación total de sanciones. Según su texto, el perdón se aplica a quienes cancelaron su deuda principal antes del 31 de marzo o se adhirieron formalmente al régimen una vez que este comenzó a regir. El problema aparece con quienes pagaron durante el período intermedio, entre abril y julio de 2024, cuando la ley aún no había comenzado a aplicarse.

En el caso “E., A. O.”, resuelto por la Sala B, el Tribunal entendió que esos pagos también deberían gozar del beneficio. Para los jueces, sería injusto dejar sin condonación a quienes, de manera voluntaria, regularizaron su situación antes de que el régimen estuviera operativo. Destacaron que la finalidad de la norma es incentivar el cumplimiento y no sancionar a quienes se adelantaron. De lo contrario, se terminaría beneficiando a quienes esperaron la ley para pagar y perjudicando a quienes cumplieron antes, sin esperar beneficios.

Por el contrario, en el expediente “C., C. D.”, la Sala C adoptó una postura más estricta. Allí se rechazó la condonación con el argumento de que la ley fue clara respecto de las fechas y condiciones. Según ese criterio, los jueces no pueden extender los efectos de una norma excepcional a situaciones no previstas, porque eso implicaría apartarse del principio de legalidad y reemplazar al legislador.

Esta diferencia de criterios deja en evidencia dos maneras de entender la aplicación de la Ley 27.743: una interpretación flexible, que prioriza la intención del legislador y la equidad tributaria, frente a otra lectura más literal, que defiende la aplicación rigurosa del texto legal. En la práctica, quienes pagaron sus deudas durante ese lapso entre marzo y julio podrían encontrarse con resultados distintos según la sala que intervenga en su caso.

Más allá del resultado puntual, estos fallos reavivan un debate de fondo en materia tributaria: cómo equilibrar el cumplimiento estricto de la ley con la equidad en su aplicación. En un contexto donde el Estado busca premiar la regularización y el cumplimiento fiscal, alcanzar un criterio uniforme será esencial para brindar seguridad jurídica a los contribuyentes.

Fuente: “E., A. O. c/ DGI” (Sala B, 24/10/25) y “C., C. D. c/ DGI” (Sala C, 23/10/25), Tribunal Fiscal de la Nación.

                                                    



 


Tags: derechotributario - ley27743 - condonación de multas - tribunalfiscal - tfn - impuestos - regularización fiscal - cumplimiento tributario - seguridad jurídica - estudios jurídicos - actualidad fiscal - profesionales en derecho - gestión impositiva
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OCT 2025
29

Publicado por Horacio Cardozo
El Tribunal Fiscal frena a ARCA y reafirma que el Poder Ejecutivo no puede limitar los beneficios del blanqueo

El Tribunal Fiscal de la Nación dictó un fallo de alto impacto institucional al resolver a favor de Krill Sat Argentina S.A., una empresa que había adherido al último régimen de blanqueo establecido por la Ley 27.743. El organismo consideró que los beneficios de la ley también se aplican en casos donde ARCA había impugnado comprobantes por supuesta utilización de facturas “apócrifas”.

El conflicto surgió porque ARCA negó la liberación de las deudas fiscales invocando el Decreto 608/2024, dictado por el Poder Ejecutivo, que restringía los alcances del régimen. Sin embargo, el Tribunal Fiscal sostuvo que un decreto no puede modificar ni restringir lo dispuesto por una ley del Congreso, recordando que el principio de legalidad tributaria impide a la Administración alterar por vía reglamentaria derechos o beneficios fiscales.

En su fallo, el Tribunal recordó un principio constitucional central: solo el Congreso tiene la potestad de crear, modificar o condicionar tributos y beneficios fiscales. Por ello, cualquier intento de limitar los efectos del blanqueo mediante reglamentación posterior implica un exceso de poder reglamentario y vulnera el equilibrio entre los poderes del Estado.

En consecuencia, el Tribunal declaró inaplicable el decreto en cuestión y ordenó reconocer a la empresa todos los beneficios de liberación y condonación previstos por la Ley 27.743, en sus términos originales.

El pronunciamiento tiene un alcance que trasciende el caso concreto. Reafirma que ARCA y el Poder Ejecutivo deben actuar dentro de los límites de la ley, sin reinterpretar ni restringir beneficios que el Congreso aprobó expresamente. La legalidad tributaria —señaló el fallo— no admite interpretaciones extensivas en perjuicio del contribuyente.

En definitiva, el fallo “Krill Sat Argentina S.A. c/ DGI” marca un precedente clave: los beneficios del blanqueo deben aplicarse exactamente como fueron aprobados por el Congreso, sin limitaciones introducidas por la reglamentación. Para las empresas que regularizaron activos conforme a la ley, la decisión representa una garantía de previsibilidad y un reconocimiento al principio de seguridad jurídica en materia fiscal.

Fuente: Tribunal Fiscal de la Nación – “Krill Sat Argentina S.A. c/ DGI s/ Recurso de apelación” – Sentencia del 14/10/2025

                                                            



 


Tags: tributario - blanqueo - ley27743 - afip - tfn - legalidad tributaria - asesoramiento fiscal
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