El nuevo periodo de feria fiscal extraordinaria correrá entre los 21 de septiembre y 11 de octubre de 2020, ambos inclusive.
Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Se habilita la feria fiscal extraordinaria para los procedimientos de fiscalización realizados en el marco de la Fiscalización electrónica.
El nuevo periodo de feria fiscal extraordinaria correrá entre los días 31 de agosto y 20 de septiembre de 2020, ambos inclusive.
Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Alivio y claridad a profesionales y empresas que trabajan en el exterior y necesitan ingresar fondos al país. La Cámara Nacional en lo Contencioso Administr...
El Alto Tribunal volvió a marcar los límites de la actividad judicial al dejar sin efecto una sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apel...
El Tribunal Fiscal de la Nación dictó un fallo de alto impacto institucional al resolver a favor de Krill Sat Argentina S.A., una empresa que había a...