HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: plazos
 

FEB 2025
12

Publicado por Horacio Cardozo
La Importancia de contestar las demandas laborales dentro de los plazos procesales

En un fallo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el expediente caratulado “B., L. G. c/ UNILEVER DE ARGENTINA S.A. s/DESPIDO” (Expte. 29452/2019) ha puesto en evidencia la importancia de una gestión legal oportuna en los conflictos laborales. En este caso, la empresa Unilever de Argentina S.A. fue sancionada con un embargo preventivo por no responder en tiempo y forma a una demanda por despido conforme al artículo 71 de la Ley de Organización (L.O.).

¿Qué pasó en este caso?

La compañía presentó su contestación de demanda fuera de los plazos procesales establecidos, lo que llevó a que el tribunal la considerara no contestada, decretando la rebeldía de la empresa. Esto significó que los hechos alegados por el trabajador demandante se presumieron como ciertos, además que la demandada perdió la oportunidad de ofrecer pruebas de la cual hacer valer su derecho de defensa. Como consecuencia, la jueza de primera instancia ordenó un embargo preventivo sobre la empresa, una medida que fue confirmada por la Cámara de Apelaciones.

Este fallo es un claro recordatorio de que la proactividad legal es esencial para las empresas. No contestar la demanda en término puede derivar en sanciones como la presunción de veracidad de los hechos denunciados y el dictado de medidas cautelares como embargos preventivos, derivando en consecuencias económicas graves para las empresas.

                                                          



 


Tags: derecho laboral - demanda - despido - contestación de demanda - plazos - sanciones - embargo preventivo - apelaciones
  Comentarios   0
 

MAR 2022
31

Publicado por Horacio Cardozo
Moratoria: nueva extensión de los plazos para adherirse

La AFIP extiende los plazos para acceder a la moratoria y a la condonación de deudas

El pasado 30 de marzo la Administración Federal de Ingresos Públicos emitió la resolución 5181/2022 con vigencia desde la fecha de su publicación al día siguiente, mediante la cual (AFIP) otorga más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal.

Por un lado, se extiende hasta el 18 de abril la posibilidad de realizar la solicitud para la condonación de deudas inferiores a $100.000 y los beneficios para contribuyentes cumplidores, y por otro, se extiende hasta el 29 de abril concretar la adhesión a la moratoria.

Las fechas de corren de este modo:

Beneficio                                            Plazo original                                   Nuevo plazo

Condonación                                    16 de marzo                                       18 de abril

Moratoria                                         31  de marzo                                     29 de abril

Contribuyentes cumplidores       31 de marzo                                        18 de abril

Reiteramos:

La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

El plan de regularización de deudas la primera cuota de los planes presentado en marzo vencerá el 16 de abril de 2022 y las subsiguientes los días 16 de cada mes, la de los presentados en abril en mayo. Se pueden incluir deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021, inclusive. También podrán adherirse en el mismo plazo los deudores en concurso.

Los contribuyentes cumplidores, resaltamos que los monotributista podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

Fuente: Resolución General 5181/2022, AFIP.



                                               



 


Tags: moratoria nueva extensión de los plazos para adherirse la afip extiende los plazos para acceder a la moratoria y a la condonación de deudas el pasado 30 de marzo la administración federal de ingresos públicos emitió la resolución 5181/2022 con vigencia desde la fecha de su publicación al día siguiente - mediante la cual (afip) otorga más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de alivio fiscal. por un lado - se extiende hasta el 18 de abril l
  Comentarios   0
 

MAR 2022
09

Publicado por Horacio Cardozo
¿Continúa vigente la dispensa del trabajo presencial para grupos de riesgo?

Recordamos que por medio del DNU 678/2021, sancionado a fines de Octubre del 2021, el Gobierno Nacional decreto que la presencialidad a los lugares de trabajo volvía en su totalidad, tanto en el sector privado como en el público, Resolución que jamás fue modificada a la fecha, por lo que continúa vigente.

En esos términos, el art. 6 del mentado DNU indica que solo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo, con carácter excepcional, aquellos trabajadores que acrediten fehacientemente estar comprendidos en los grupos de alto riesgo (particularmente las personas incluidas en los inc. V y VI del art. 3 de la Resol. 627/2020 del Ministerio de Salud), o sea personas con: Inmunodeficiencias congénitas, asplenia y/o desnutrición grave; VIH dependiendo del status; Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; y pacientes oncológicos y/o trasplantados, pero en estado sensible. De esa forma, se finalizó con la dispensa de asistir a los lugares de trabajo a quienes formen parte de los que antes eran considerados como grupo de riesgo, en parte claro está.

Con relación a que si las personas deben vacunarse o no contra el COVID-19 para asistir a los lugares de trabajo, el Decreto no hace ninguna mención, pero si manda a los empleadores a garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de todos y prevenir los contagios. Como sabemos, el Gobierno Nacional ha ido informando y actualizando las medidas y protocolos para combatir y/o prevenir los contagios, como así también los pasos a seguir en caso de contraer el virus.

En resumen, actualmente la presencialidad en los lugares de trabajo es total, y solo están dispensados de concurrir aquellos que presenten enfermedades y/o factores de alto riesgo de salud contra el COVID-19, conforme lo antes mencionado por el Ministerio de Salud, pero con ello solo no alcanza, ya que el DNU 678/2021, aclara que dichas personas deben acreditar la enfermedad y/o condición de alto riesgo para gozar de la dispensa, y además tendrán que renovar dicha situación luego de los 30 días y siempre y cuando subsistan las causales que dieron lugar a la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo.

                                              



 


Tags: dnu. covid-19. trabajo presencial. grupos de riesgo. acreditación. plazos. derecho laboral.
  Comentarios   0
 

DIC 2020
22

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP: Ya no habrá plazo de gracia para presentaciones de escritos

La AFIP dispuso dejar sin efecto el plazo de gracia para la presentación de escritos ante este organismo. En tales términos, se quita la posibilidad de los contribuyentes de presentar escritos en las dos primeras horas del día hábil siguiente en que vencieran los plazos, teniéndose en consecuencia a tales escritos como si no hubieran sido presentados.

Fuente: 4884/2020



 


Tags: rg 4884/2020 – plazos de gracia afip – plazos administrativos – vencimientos presentaciones – plazos presentación escritos afip – no hay más plazo de gracia – plazo de gracia presentaciones afip
  Comentarios   0
 

NOV 2020
12

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP: Prorroga de feria extraordinaria hasta el 29 de noviembre

El nuevo periodo de FERIA fiscal EXTRAORDINARIA correrá entre los días 9 y 29 de noviembre de 2020, ambos inclusive. Durante la vigencia de la feria fiscal quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a requerimientos del organismo recaudador.

Durante este periodo quedan exceptuados de dicha  suspensión los:

-Los procedimientos de fiscalización con respecto a información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos o por otros países en el marco del intercambio de información;

-los procedimientos relacionados con el Régimen de precios de transferencia;

-los procedimientos de fiscalización electrónica y;

-los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio originados en la detección de facturas apócrifas.

Fuente: Resolución General 4856/2020


Tags: : horacio félix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - feria extraordinaria - suspensión plazos - nueva prórroga feria afip - rg 4856/2020 - feria afip - feria afip 29 de noviembre
  Comentarios   0
 

NOV 2020
10

Publicado por Horacio Cardozo
A partir del 30 de Noviembre se reanudan los plazos Administrativos a nivel Nacional.

Conforme fuera dispuesto en el Boletín oficial, se reanudan los plazos Administrativos a nivel nacional a partir del 30 de noviembre del corriente año. Durante esta última extensión de suspensión de plazos, quedan exceptuados todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Recordamos que por las sucesivas prórrogas que hubo debido a la pandemia, los plazos se mantuvieron suspendidos desde el 20 de marzo del 2020, inclusive.

Fuente: Decreto 876/2020


Tags: horacio felix cardozo – plazos administrativos nacionales – prorroga suspensión plazos – reanudación plazos administración nacional – decreto 876/2020
  Comentarios   0
 

OCT 2020
29

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP – Se prorroga nuevamente la feria fiscal hasta el 8 de noviembre

El nuevo periodo de feria fiscal EXTRAORDINARIA correrá entre los días 26 de octubre y 8 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

También se habilita la feria fiscal EXTRAORDINARIA para los procedimientos de fiscalización realizados en el marco de la Fiscalización electrónica.


Fuente: Resolución General 4840/2020


Tags: : horacio félix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - feria extraordinaria - suspensión plazos - nueva prórroga feria afip - rg 4840/2020 - feria afip - feria afip 8 de noviembre
  Comentarios   0
 

OCT 2020
15

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP – Prorroga feria fiscal hasta el 25 de octubre

El nuevo periodo de feria fiscal extraordinaria correrá entre los días 11 de octubre y 25 de octubre de 2020, ambos inclusive.

Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

También se habilita la feria fiscal extraordinaria para los procedimientos de fiscalización realizados en el marco de la Fiscalización electrónica.

Fuente: Resolución General 4835/2020. 


Tags: horacio félix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - feria extraordinaria - suspensión plazos - nueva prórroga feria afip - rg 4835/2020 - feria afip - feria afip 25 de octubre
  Comentarios   0
 

OCT 2020
13

Publicado por Horacio Cardozo
Se prorroga suspensión de plazos administrativos a nivel nacional

En consonancia con lo dispuesto con la última ampliación de cuarentena, se dispuso que hasta el 25 de octubre inclusive, se mantiene suspendido el curso de los plazos en los procedimientos administrativos a nivel nacional.

Queda exceptuada de la suspensión todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Fuente: Decreto 794/20


Tags: horacio felix cardozo - cuarentena - covid-19 - prorroga - plazos administrativos nacionales - suspension - decreto 794/2020
  Comentarios   0
 

SEP 2020
22

Publicado por Horacio Cardozo
Prórroga de Plazos Administrativos Nacionales

Se prorroga la suspensión del curso de los plazos de los procedimientos administrativos, desde el 21 de septiembre hasta el 11 de octubre de 2020, inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

Se exceptúan de la suspensión todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley de Solidaridad Social y a todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. 

Fuente: Decreto 755/2020 - Boletín Oficial 


Tags: horacio felix cardozo - cuarentena - covid-19 - prorroga - plazos administrativos nacionales - suspension - decreto 755/2020
  Comentarios   0
 

SEP 2020
22

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP – Se prorroga la feria fiscal extraordinaria hasta el día 11 de octubre

El nuevo periodo de feria fiscal extraordinaria correrá entre los 21 de septiembre y 11 de octubre de 2020, ambos inclusive.

Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Se habilita la feria fiscal extraordinaria para los procedimientos de fiscalización realizados en el marco de la Fiscalización electrónica.

Fuente: Resolución General 4818/2020. 


Tags: horacio felix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - feria extraordinaria - suspensión plazos - nueva prorroga feria afip - rg 4818/2020 - feria afip - feria afip 20 de septiembre
  Comentarios   0
 

SEP 2020
03

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP – Se prorroga la feria fiscal extraordinaria hasta el día 20 de septiembre

El nuevo periodo de feria fiscal extraordinaria correrá entre los días 31 de agosto y 20 de septiembre de 2020, ambos inclusive.

Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Fuente: Resolución General 4807/2020. 


Tags: horacio felix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - feria extraordinaria - suspensión plazos - nueva prorroga feria afip - rg 4794/2020 - feria afip - feria afip 20 de septiembre
  Comentarios   0
 

SEP 2020
01

Publicado por Horacio Cardozo
Se prorroga la de suspensión de plazos administrativos Nacionales

En línea con la extensión de la cuarentena, se prorroga  la suspensión de los plazos administrativos a nivel Nacional desde el 31 de agosto hasta el 20 de septiembre de 2020, inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos que ya se hayan cumplido o que se deban cumplir.

Fuente: Decreto 715/2020


Tags: : horacio felix cardozo - prorroga - suspension de plazos administrativos - decreto 715/2020 - plazos administrativos nacionales - prorroga suspension plazos - administración nacional - suspension plazos
  Comentarios   0
 

AGO 2020
20

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP: Prorrogan feria extraordinaria hasta el 30 de agosto

En línea con la prórroga de cuarentena dispuesta por el Decreto 677/20, se extiende la feria extraordinaria del organismo recaudador hasta el 30 de agosto del corriente año.

Recordamos que durante la vigencia de la feria fiscal quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos realizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El organismo seguirá ejerciendo sus facultades de contralor, para lo cual los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante la feria, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período de feria fiscal extraordinaria.

RG 4794/2020



 


Tags: horacio felix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - feria extraordinaria - suspensión plazos - nueva prorroga feria afip - rg 4794/2020 - feria afip - feria afip 30 de agosto
  Comentarios   0
 

AGO 2020
18

Publicado por Horacio Cardozo
Prórroga de suspensión de plazos Administrativos Nacionales

En línea con lo dispuesto con la última ampliación de cuarentena, se prorroga la suspensión del curso de los plazos desde el 17 hasta el 30 de agosto de 2020, inclusive.

Quedan exceptuados todos los trámites administrativos relativos a la emergencia que surgen de la ley de Seguridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública y a todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Decreto 678/2020



 



 


Tags: horacio felix cardozo - prorroga - suspension de plazos administrativos - decreto 678/2020 - plazos administrativos nacionales - prorroga suspension plazos - administración nacional - suspension plazos
  Comentarios   0
 

AGO 2020
13

Publicado por Horacio Cardozo
AGIP. Suspensión del curso de los plazos administrativos en CABA

El organismo recaudador estableció que no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 10 de agosto y 14 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive.

Quedan excluidos los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario. Es decir que los incumplimiento cuyos montos alcancen las sumas de $ 1.500.000 o más, no serán considerados dentro de esta suspensión de plazos, ya que es un delito.

A su vez, quedan excluidos los plazos vinculados con los procedimientos tributarios relacionados con aquellos contribuyentes que revistan el carácter de concursados y/o fallidos , es decir con resolución judicial de Quiebra, en los  términos de la Ley Nacional N° 24.522 y sus modificatorias.

Norma: RESOLUCIÓN Nº 226/AGIP/ 2020


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - suspensión plazos administrativos - agip - prorroga suspensión plazos agip - resolución 226
  Comentarios   0
 

AGO 2020
13

Publicado por Horacio Cardozo
ARBA: Extensión de plazos para que los contribuyentes puedan pagar impuestos con descuento

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires volvió a extender los plazos para que los contribuyentes puedan acceder al descuento del 20% por pago en término de los impuestos inmobiliario y automotor.

Los plazos para pagar en término quedan dispuestos de la siguiente manera:

-En el impuesto Inmobiliario se prevé que la cuota 3 podrá abonarse con bonificaciones hasta el 20 de octubre; la 4 hasta el 17 de noviembre y la 5 hasta el 15 de diciembre.

- Respecto de Automotores, el calendario quedó configurado de la siguiente manera: la cuota 2 podrá abonarse hasta el 24 de septiembre; la 3 hasta el 15 de octubre; la 4 hasta el 19 de noviembre y la 5 hasta el 17 de diciembre.

Fuente: Resolución 50/20


Tags: horacio felix cardozo - arba - plazos para acceder a descuento - impuesto inmobiliario - impuesto automotor - pagar impuestos con descuento - beneficios arba - medidas de alivio para la economía - pago en termino arba - beneficio descuento 20% - resolución 50/20
  Comentarios   0
 

JUL 2020
27

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP. Ganancias y Bienes Personales. Se posterga el vencimiento de ganancias y bienes personales. Se deberá efectuar entre el 10 y el 13 de agosto según la terminación de CUIT

Como anticipo el estudio el día de ayer, el fisco nacional dictó la Resolución General 4768/2020, mediante la cual establece un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y pago del saldo resultante correspondiente a Impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular. Período fiscal 2019.

Cuadro de vencimiento para ganancias y bienes personales

Terminación CUIT          Fecha de presentación   Fecha de pago

0, 1, 2 y 3                        10/08/2020, inclusive       11/08/2020, inclusive

4, 5 y 6                           11/08/2020, inclusive        12/08/2020, inclusive

7, 8 y 9                           12/08/2020, inclusive        13/08/2020, inclusive

Cuadro de vencimiento para impuesto cedular

Terminación CUIT            Fecha de presentación y pago

0, 1, 2 y 3                          11/08/2020, inclusive

4, 5 y 6                              12/08/2020, inclusive

7, 8 y 9                     13/08/2020, inclusive

Dispuso además que las cuotas correspondientes al plan de facilidades de pago previsto por la Resolución General Nº 4.057, para la cancelación del saldo de los impuestos a las ganancias, cedular y/o sobre los bienes personales correspondientes al periodo fiscal 2019, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyo acogimiento se haya producido durante el mes de julio de 2020, vencerán –excepcionalmente- a partir del día 16 del mes siguiente al vencimiento fijado para la presentación de las declaraciones juradas de dichos gravámenes del referido período fiscal.

 


Tags: horacio felix cardozo - afip - ganancias - impuestos - plazos - coronavirus - bienes personales
  Comentarios   0
 

JUL 2020
23

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP. Se postergará el plazo para pagar y presentar Ganancias y Bienes Personales

Conforme fue informado por la AFIP, se prorrogarán los vencimientos para presentar las declaraciones juradas y los pagos del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, postergando el plazo hasta entre el 10 y el 13 de agosto próximo, según la terminación de CUIT.

La Resolución General que posiblemente sea publicada en el Boletín Oficial este viernes, tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de los contribuyentes así como el trabajo de los profesionales de ciencias económicas y es el resultado de numerosos reclamos efectuados por contadores y tributaristas.



Fuente: www.cronista.com


Tags: horacio felix cardozo - afip - ganancias - impuestos - plazos - coronavirus - bienes personales
  Comentarios   0
 

JUL 2020
23

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP - Impuesto a las Ganancias. Se eleva el monto a partir del cual se deben presentar las declaraciones juradas patrimoniales informativas.

Mediante la Resolución General 4767/2020, el organismo elevó a DOS MILLONES DE PESOS ($ 2.000.000.-) el importe a partir del cual los sujetos deberán presentar la información, respecto de las rentas obtenidas en el año fiscal 2019.

A su vez, se dispuso que la presentación de las declaraciones juradas informativas aludidas, correspondientes al período fiscal 2019, podrá efectuarse –con carácter de excepción- hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive.

Relación con RG 2442, 4003.



 


Tags: horacio felix cardozo - afip - ganancias - impuestos - plazos - coronavirus - montos
  Comentarios   0
 

JUL 2020
21

Publicado por Horacio Cardozo
Prórroga suspensión del curso de plazos administrativos nacionales

En línea con lo dispuesto por el Decreto 605/20, que establece la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se dispuso la ampliación de la suspensión de plazos administrativos.

En tales términos, y según lo dispuesto el decreto 604/20, se prorroga la suspensión del curso de los plazos dentro de los procedimientos administrativos, regulados por la Ley Nacional de Procedimientos administrativos, desde el 18 de julio hasta el 2 de Agosto de 2020 inclusive. Ello sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.



 



 


Tags: horacio felix cardozo - prorroga suspensión plazos administrativos - covid-19 - suspensión plazos – administración nacional
  Comentarios   0
 

JUL 2020
21

Publicado por Horacio Cardozo
AGIP: Prórroga de suspensión de plazos

Conforme lo dispuesto por la Resolución 217/20 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, no se computarán respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre los días 20 de julio y 27 de julio de 2020, ambas fechas inclusive.



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo – prorroga suspensión plazos agip – suspensión de plazos – agip
  Comentarios   0
 

JUL 2020
21

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP Nuevo período de feria fiscal extraordinario, respecto del cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social

El organismo mediante la Resolución General 4766, resolvió fijar entre los días 18 de Julio y 2 de Agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario.

A su vez, nuevamente dispuso exceptuar de lo dispuesto a los procedimientos de fiscalización previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.703, es decir, para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).



 



 


Tags: horacio felix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - coronavirus
  Comentarios   0
 

JUL 2020
20

Publicado por Horacio Cardozo
La Corte Suprema dispone el levantamiento de la Feria Judicial Extraordinaria manteniendo suspensión de plazos

Conforme lo dispuesto por la acordada 27/2020, la Corte Suprema de Justicia de La Nación (CSJN) dispuso el levantamiento de la feria judicial extraordinaria para sí, y para todos los Tribunales Orales Nacionales y Federales y de las Cámaras Nacionales y Federales respecto de los que no se hubiera dispuesto su habilitación.

En lo que respecta a los Juzgados Nacionales y Federales de primera instancia con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dispone el levantamiento de la feria judicial extraordinaria a partir del día 27 de julio de este año.

Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, sigue suspendido el curso de los plazos procesales y administrativos, como así tampoco correrán los plazos de caducidad de instancia,  hasta el 3 de agosto, inclusive, reanudándose los mismos automáticamente a partir del día 4 de agosto del corriente año.

A tales efectos se dispone que los distintos tribunales deberán prestar el servicio prioritariamente en forma remota, con una presencia mínima de personal necesario a tales efectos, y manteniendo limitación en la atención al público, con excepción de aquellas actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de letrados. En lo que respecta a audiencias, las mismas se harán mediante sistemas de videoconferencia, pudiéndose realizar de manera presencial solo en la medida que se garanticen las medidas sanitarias de prevención y protección de la salud.



 



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo – feria extraordinaria – levantamiento de feria – plazos procesales – suspensión plazos procesales – reactivación poder judicial
  Comentarios   0
 

JUN 2020
29

Publicado por Horacio Cardozo
Prórroga suspensión del curso de los plazos administrativos nacionales

En línea con lo dispuesto por el DNU 576/20, que establece la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se dispuso la ampliación de la suspensión de plazos administrativos nacionales.

En tales términos, y según lo dispuesto el decreto 577/20, se prorroga la suspensión del curso de los plazos dentro de los procedimientos administrativos desde el 29 de junio hasta el 17 de julio de 2020 inclusive. Sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - suspensión plazos administrativos nacionales - prorroga
  Comentarios   0
 

JUN 2020
24

Publicado por Horacio Cardozo
AGIP - No se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 23 de junio y 29 de junio de 2020

La Resolución Normativa N° 202 / AGIP/2020 establece que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 23 de junio y 29 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

Quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario establecido en el Título IX de la Ley Nacional N° 27.430 y también quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con los procedimientos tributarios relacionados con aquellos contribuyentes que revistan el carácter de concursados y/o fallidos (en los términos de la Ley Nº 24.522 y sus modificatorias.)

Esta resolución continúa lo ya dispuesto en igual sentido por las Resoluciones Nº 139/AGIP/2020, Nº 151/AGIP/2020, Nº 166/AGIP/2020, Nº 177/AGIP/2020, Nº 187/AGIP/2020, Nº 195/AGIP/2020 y Nº 197/AGIP/202, respecto del período previsto entre los días 16 de marzo y 22 de junio del corriente año



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - agip - plazos - computo
  Comentarios   0
 

JUN 2020
10

Publicado por Horacio Cardozo
AGIP - No se computarán los días hábiles administrativos entre el 9 de Junio y 22 de Junio.

La Administración, determinó a través de la Resolución N°197 del año corriente, que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 9 de junio y 22 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - agip - plazos - prorroga
  Comentarios   0
 

JUN 2020
10

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP. Renovación automática de los certificados MiPyME. Relevancia de la medida en miras a la Moratoria Fiscal.

El organismo mediante la Resolución General 4737, dispuso que, con carácter de excepción, los procesos previstos para la renovación automática de los "Certificados MiPyME" de aquellas empresas cuyos cierres de ejercicios fiscales operaron en los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, se efectuarán en el mes de junio de 2020.

A tal efecto, la información correspondiente a los campos del Formulario 1272 denominado "PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios", será puesta a disposición de las empresas desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, para su verificación hasta el día 20 de junio de 2020, inclusive.

Está modificación permite que quienes deban renovar el certificado cuenten con más tiempo y tiene relevancia respecto de la moratoria fiscal, siendo que contar con dicho certificado es uno de los requisitos de ingreso, en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas.



 


Tags: horacio felix cardozo - moratoria - mipyme - certificado - plazos - coronavirus
  Comentarios   0
 

JUN 2020
10

Publicado por Horacio Cardozo
Se prorroga por 6 meses la doble indemnización

El Poder Ejecutivo  a través del DNU  528/20, amplio por el plazo de 180 días la emergencia pública ocupacional  declarada por el Decreto 34/10 (doble indemnización).

En consecuencia en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con los términos del artículo 3° del Decreto número 34/19 y la legislación vigente en la materia.

Asimismo la doble indemnización no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto número 34/19 (es decir, contratos posteriores al 13 de diciembre de 2019)  ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley número 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran.

El decreto en cuestión tiene vigencia a partir del día 10 de junio de 2020 (fecha en que fue publicado en el Boletín oficial).



 



 


Tags: horacio felix cardozo - doble indemnización - prorroga - plazos - coronavirus
  Comentarios   0
 

JUN 2020
09

Publicado por Horacio Cardozo
Prórroga suspensión del curso de los plazos administrativos nacionales

En línea con lo dispuesto por el DNU 520/20, que establece la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se dispuso la ampliación de la suspensión de plazos administrativos nacionales.

En tales términos, y según lo dispuesto el decreto 521/20, se prorroga la suspensión del curso de los plazos dentro de los procedimientos administrativos desde el 8 de junio hasta el 28 de junio de 2020 inclusive.



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - suspensión plazos administrativos nacionales - prórroga
  Comentarios   0
 

JUN 2020
09

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP Nuevo período de feria fiscal extraordinario, respecto del cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social

El organismo resolvió fijar entre los días 8 y 28 de junio de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario.

A su vez, nuevamente dispuso exceptuar de lo dispuesto a los procedimientos de fiscalización previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.703, es decir, para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).



 



 


Tags: horacio felix cardozo - afip - feria - impuestos - plazos - coronavirus
  Comentarios   0
 

MAY 2020
29

Publicado por Horacio Cardozo
AFIP. Suspensión de plazos en materia aduanera

El organismo dispuso la suspensión del cómputo de plazos en materia aduanera para distintas operaciones de comercio exterior, de manera de facilitar los trámites referidos a las importaciones y exportaciones en el marco de la emergencia sanitaria.

Abarca la suspensión de los plazos de las destinaciones suspensivas de importación y exportación, durante la vigencia de la medida dispuesta por el Decreto N° 298, (suspensión de plazos administrativos ley N° 19.549)

A su vez, resolvió Suspender los plazos operativos de materia aduanera previstos en el Código Aduanero, sus normas reglamentarias y complementarias

No obstante ello, exceptuó a los siguientes plazos, suspensión a arribo de la mercadería, Validez de la solicitud de exportación; el registro de la declaración de post-embarque; espera para el pago de derechos de exportación



 



 



 


Tags: horacio felix cardozo - covid-19 - aduana - suspensión - plazos
  Comentarios   0
 

MAY 2020
28

Publicado por Horacio Cardozo
Facturas de crédito electrónicas. Extensión del plazo de notificación.

AFIP, estableció que la notificación a que se refiere el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución General N° 4.367 se efectuará, con carácter de excepción, hasta el séptimo día hábil del mes de julio de 2020

Dicha resolución citada, refiere a la notificación que anualmente realiza la Administración Federal, actualizará el universo de las empresas obligadas al régimen, quienes serán informadas de tal situación en su domicilio fiscal electrónico hasta el séptimo día hábil del mes de mayo de cada año.



 



 


Tags: horacio felix cardozo - covid - facturas de crédito electrónicas - plazos - afip - resolución general 4723/2020.
  Comentarios   0
 

MAY 2020
27

Publicado por Horacio Cardozo
AGIP: Se prorroga suspensión de plazos procedimentales hasta el 8 de junio, inclusive

La Resolución Nro. 195/2020 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos estableció que no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 26 de mayo y 8 de junio de 2020, ambas fechas inclusive. Dicha normativa quedan excluida para los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario.



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - agip - suspensión plazos - prorroga - días inhabiles
  Comentarios   0
 

MAY 2020
12

Publicado por Horacio Cardozo
Inspección General de Justicia: Se prorroga la suspensión de los plazos de contestación de vistas hasta el 24 de mayo

Inspección General de Justicia: Se prorroga la suspensión de los plazos de contestación de vistas hasta el 24 de mayo

En virtud de lo dispuesto por la RG 24/20, se prorroga la suspensión de los plazos de contestación de vista para todos los trámites y presentaciones regulados por la Inspección General de Justicia, desde el día 11 de mayo hasta el día 24 de mayo 2020, inclusive.



 



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - igj - inspección general de justicia - suspensión plazos
  Comentarios   0
 

MAY 2020
11

Publicado por Horacio Cardozo
Prórroga suspensión del curso de los plazos administrativos nacionales



Prórroga suspensión del curso de los plazos administrativos nacionales

En línea con lo dispuesto por el DNU 459/20, que establece la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se dispuso la ampliación de la suspensión de plazos administrativos nacionales.

En tales términos, y según lo dispuesto el decreto 458/20, se prorroga la suspensión del curso de los plazos dentro de los procedimientos administrativos  desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive.



 



 




Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - suspensión plazos administrativos
  Comentarios   0
 

MAY 2020
04

Publicado por Horacio Cardozo
AGIP establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo al 21 de abril no serán computados en la determinación del Impuesto de Sellos

AGIP establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo al 21 de abril no serán computados en la determinación del Impuesto de Sellos

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante la Resolución 183, establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo y 21 de abril de 2020 no deberá ser computado en la determinación del importe adeudado en concepto del Impuesto de Sellos, exclusivamente respecto de aquellos instrumentos celebrados con fecha anterior al día 20 de marzo del corriente año, presentados o que se presenten para su inscripción por ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

Dicha medida es en virtud de que por las restricciones impuestas por la Emergencia Sanitaria, los contribuyentes y/o responsables se han visto imposibilitados de concurrir a los citados Registros Seccionales, a los fines de cancelar sus obligaciones tributarias en el impuesto en mención.



 



 



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - agip - impuesto de sellos - plazos no cumputables
  Comentarios   0
 

NOV 2017
08

Publicado por Horacio Cardozo
BLANQUEO LABORAL

Los puntos mas importantes del proyecto de blanqueo laboral son:

·      Solo se podrán regularizar  las relaciones laborales VIGENTES.

·      No se podrán regularizar las empleadas domesticas.

·      Se podrá blanquear: a) personal totalmente en negro; b) la real remuneración o c) la fecha de inicio de la relación laboral. 



Beneficios

·      Extinción de las sanciones penales de la ley penal tributaria.

·      Liberación de infracciones, multas y sanciones.

·      Baja del registro de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).

·      Condonación de toda la deuda por capital e intereses de aportes y contribuciones (100% o 70% según el plazo de regularización).

·      Los pagos al personal en negro no tendrán impacto en el impuesto a las ganancias y al valor agregado.

·      Los trabajadores podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes para su jubilación.

·      La deuda no condonada podrá ser pagada en hasta 60 cuotas con un interés del 0,75% mensual.

·      No procederán las multas de la ley de empleo. 



Plazo

·      360 dias a contar desde la vigencia de la reglamentación de la presente ley.

·      Los beneficios de condonación de capital, intereses y multas se reducirán al 70% si se hace después de los 180 días.

Perdida de beneficios. Si se constata personal no declarado o irregularmente registrado con posterioridad. 



Perlitas

·      Luego de la comunicación al empleador se  podrá homologar ante Ministerio de Trabajo la real remuneración o fecha de ingreso.

·      La justicia deberá notificar a AFIP las sentencias laborales que reconozcan diferencias por irregularidades laborales, para la liquidación de aportes y contribuciones. La omisión de la comunicación será considerada falta grave.

·      Las multas por registración irregular que antes eran para el trabajador, ahora serán a favor de los organismos de Seguridad Social.


Tags: blanqueo laboral - beneficios - plazos
  Comentarios   0
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
¿Blanqueo encubierto? Lo que podría implicar el nuevo régimen para los dólares no declarados
El Gobierno nacional estaría ultimando detalles de un nuevo régimen que permitiría el uso de dólares no declarados para consumo y operaciones ...
sin comentarios
Error excusable: la Justicia pone límites a su invocación frente al fisco
En una reciente sentencia, la Justicia reafirmó que el argumento de “error excusable” por parte de un contribuyente sólo podría prosperar...
sin comentarios
Despido por pérdida de confianza: cuando la sospecha no alcanza
En un reciente fallo dividido, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró injustificado el despido de un trabajador desvinculado ...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4069192
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web