HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: apremio
 

SEP 2022
21

Publicado por Horacio Cardozo
Decomiso por ausencia de COT: Arba permitirá su sustitución por mercaderías de primera necesidad

 En los casos en los que se verifique transporte de mercaderías sin COT o documento equivalente, se procederá la aplicación de la sanción de decomiso, la ARBA propondrá la sustitución de los bienes decomisados por otros de primera necesidad.

 La resolución normativa RN – ARBA 22/2022 viene a modificar la RN ARBA 31/2019, en relación a la incautación y el decomiso de bienes cuyo traslado o transporte, dentro del territorio provincial, se realice en ausencia de la documentación respaldatoria emitida en la forma y condiciones que exige la ARBA.

En los casos en los que se verifique transporte de mercaderías sin COT o documento equivalente, se procederá la aplicación de la sanción de decomiso. En esa ocasión ARBA podrá  ejercer la facultad de sustituir los bienes decomisados por otros de primera necesidad.

Los bienes propuestos deben ser de igual valor, con descripción de su tipo, naturaleza y calidad, con la posibilidad de que sea con entregas parciales.

La propuesta efectuada por la ARBA deberá ser aceptada por el infraccionado mediante nota por escrito. El infractor tendrá a su cargo los gastos de acarreo pertinentes.

La ARBA podrá autorizar entregas parciales, mediante nota por escrito notificada al infractor, hasta cumplimentar totalmente la sanción aplicada. Dicha autorización podrá ser otorgada en los siguientes supuestos:

a) Cuando los bienes decomisados fueran alimentos de tipo perecedero que, por su cantidad, resulten de imposible o inconveniente recepción en su totalidad en una única entrega., por parte de la entidad a las que deban destinarse.

ó b) Cuando la mercadería decomisada tenga un valor igual o superior al cinco por ciento (5%) del importe establecido en la ley impositiva vigente.

 La autorización mencionada se indicará la cantidad de entregas a realizar, sus fechas y cantidad o valor de mercadería a ser entregada en cada oportunidad.

Una vez cumplida la entrega de las mercaderías en sustitución se procederá, de corresponder, a la liberación de la mercadería decomisada. En caso de incumplimiento, total o parcial, de la entrega de los bienes la agencia se intimará por 60 días a la efectivización de las entregas bajo apercibimiento de emitir título ejecutivo e iniciar el correspondiente juicio de apremio. El plazo podrá ser menor al indicado en función del plazo de prescripción para hacer efectiva la sanción.

La emisión del título ejecutivo generará que se libere la mercadería que hubiera sido objeto de interdicción o secuestro.

La presente resolución normativa comenzó a regir a partir del 1 de septiembre del corriente año.

Fuente: Resolución 22/2022, ARBA, 26/08/2022.

                                                           



 


Tags: horacio félix cardozo - cot - multas - decomiso - sustitución - apremio - arba
  Comentarios   0
 

SEP 2020
15

Publicado por Horacio Cardozo
ARBA: Suspenden embargos en juicios de apremio hasta el 31 de diciembre del 2020

El organismo de recaudación de la Provincia de Buenos Aires dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, no se podrán solciitar medidas cautelares en los juicios de apremio.

Recordamos que esta medida comenzó a regir a partie del 1 de septiembre de 2019, mediante la resolución 026/2019.

Fuente:  Resolución Normativa 64/20


Tags: : horacio felix cardozo - arba - suspensión embargos provincia - suspensión embargos arba - suspensión medidas cautelares arba - juicios de apremio en provincia - prohibición de embargos arba
  Comentarios   0
 

JUN 2020
02

Publicado por Horacio Cardozo
ARBA - No se solicitaran medidas cautelares en juicios de apremio hasta el 31 de Julio del 2020 inclusive.

La administración bajo la Resolución 30/20,  con el fin de aliviar la situación económica de los contribuyentes, dispuso extender el plazo de manera transitoria entre el 1° de septiembre de 2019 y hasta el 31 de julio de 2020, inclusive,  durante el cual la Agencia de Recaudación no solicitará las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio  



 


Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - apremio - prorroga - arba
  Comentarios   0
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
¡Otro éxito del estudio! La Justicia le pone freno a ARCA: no pueden cobrar Ganancias sobre la jubilación
En un fallo ejemplar, la Justicia Federal le dio la razón al contribuyente, y declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre su jubilaci...
sin comentarios
Desvinculaciones Laborales por fuerza mayor: Criterio restrictivo
La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que la existencia de “fuerza mayor” o falta o disminución de trabajo...
sin comentarios
Ingresos Brutos: La Corte frena a San Juan y protege la Industria Nacional
En un fallo clave para la industria nacional, la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Provincia de San Juan abstenerse de aplicar un trato diferencial a empresas ...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4003403
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web