HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
MAY 2020 13, publicado por Horacio Cardozo
Se prorrogó vencimiento de ganancias a sociedades. Sabor a poco dos seman  
 

 





Conforme lo dispuesto por la Resolución General 4714/20 de AFIP, publicada hoy en el boletín oficial, los contribuyentes y/o responsables de sociedades cuyos cierres de ejercicio operaron en el en el mes de diciembre de 2019, podrán efectuar la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias y el pago del saldo restante  hasta las fechas que, según la terminación de la CUIT del contribuyente, se indican a continuación:

Terminación CUIT 0, 1, 2, 3 y 4 hasta fecha 26/05/2020 y; aquellos cuyos CUIT terminen en números 5, 6, 7, 8 y 9 hasta fecha 27/05/2020.

Asimismo, las personas jurídicas cuyos cierres de ejercicio operaron en el mes de noviembre de 2019,podrán presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor, correspondientes a dicho ejercicio, hasta el 30 de junio de 2020, inclusive.


 




 
Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - afip - impuesto a las ganancias - prorroga
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