HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: Secreto Fiscal
 

JUL 2022
18

Publicado por Horacio Cardozo
Nota Infobae – Secreto Fiscal

Comentario del Dr. Cardozo sobre el levantamiento del secreto fiscal. Todo lo que debes saber aquí 👇https://bit.ly/3cjXOSQ


Tags: horacio felix cardozo - infobae - secreto fiscal - financiero - subsidios
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ABR 2017
18

Publicado por Horacio Cardozo
ELIMINANDO BARRERAS (2º PARTE): LA AFIP DARÁ AL MINISTERIO PÚBLICO INFORMACIÓN BAJO SECRETO FISCAL SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL

Complementando la publicación realizada anteriormente en el blog, en la cual se destacó que la AFIP no podía acceder a los llamados Reportes de Operaciones Sospechosas, cabe destacar un fallo reciente de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en donde se ordenó a la AFIP entregar a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) – área del Ministerio Publico Fiscal- información amparada por el secreto fiscal sin necesidad de autorización judicial.

El decisorio se enmarca dentro de un planteo de inconstitucionalidad presentado por el mencionado Ministerio Público en el año 2010 ante la negativa de la AFIP a brindarle información.

Esperemos que esta medida adoptada por la justicia siente un precedente y pueda propagarse hacia los distintos organismos de investigación, quienes podrán requerir información que antes les estaba vedada, con la finalidad de resolver los diferentes casos que se les vayan presentando.


Tags: afip - secreto fiscal - jurisprudencia
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NOV 2016
04

Publicado por Horacio Cardozo
A BLANQUEAR SIN PROBLEMA. NADIE SE VA A ENTERAR. Los bancos ya no pueden pedir las declaraciones juradas.

En el día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en el Boletín Oficial, la Resolución General 3952 con el objeto de reforzar el secreto fiscal para los clientes de los bancos.

La medida tiene como principal objetivo, facilitarle a los contribuyentes el ingreso al Blanqueo en los términos de la Ley 27.260 de Sinceramiento Fiscal, pudiendo abrir la cuenta especial en el sistema bancario, sin inconveniente alguno.

De esta forma, aquellos sujetos que deben informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) operaciones que resulten sospechosas, en el marco de la ley de prevención de delitos relacionados con el lavado de activos y/o financiación del terrorismo -art. 20, L. 25246-, deben abstenerse de solicitar a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos que hayan presentado ante la AFIP.

Las citadas declaraciones juradas se encuentran amparadas por el secreto fiscal y solo pueden ser requeridas por los profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas, en el marco de su labor profesional.

Recordamos que, entre los sujetos que deben informar a la UIF operaciones sospechosas, se encuentran, además de las entidades financieras, los escribanos públicos, las operadoras de tarjetas de crédito, los agentes y sociedades de bolsa, los registros públicos de propiedad e inmueble, y quienes se dediquen a la compraventa de vehículos, entre otros.

No caben dudas que la presente Resolución General 3952 brinda mayor confidencialidad y seguridad a la relación del contribuyente con el Fisco.


Tags: blanqueo - sinceramiento fiscal - ley 27260 - secreto fiscal - afip - uif
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