HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
NOV 2023 15, publicado por Horacio Cardozo
Extinguen la acción penal de los socios por responsabilidad solidaria de la sociedad  
 

En un reciente fallo el Tribunal Oral en lo Penal Económico, resuelve extinguir la acción penal de  los socios y de la sociedad. Los socios enfrentaron cargos por la presunta omisión de depositar los aportes retenidos por F S.A. a sus empleados por seguridad social.

La defensa de los socios solicitó la extinción de la acción penal basándose en la ley 27.541, argumentando que se cumplieron los requisitos por la adhesión a un plan de facilidades por parte de la sociedad. Además, alegaron que la deuda era responsabilidad de la empresa, y que esta se encargó del pago, como responsable solidaria.

La defensa mediante un informe de AFIP del año 2020 reveló que F S.A. regularizó la deuda mediante la adhesión al plan de facilidades. La firma realizó el pago a cuenta en 2020 y debía saldar la deuda en 60 cuotas hasta junio de 2025. La  AFIP ante la presentación de la defensa informó en Abril de 2023 que la empresa no tenía deuda,  ante esto se  presentó constancia de pago a la obra social OSOCNA para comprobar la inexistencia de la misma.

Tanto el Fiscal General como la AFIP manifestaron estar de acuerdo con el pedido de la defensa producto que la deuda se encontraba regularizada. Finalmente, el tribunal declaró la extinción  de la acción penal y el sobreseimiento de los socios, producto de que la sociedad absorbió la deuda y la regularizó completamente.

Fuente: T.O.P.E sala 2, 13.11.2023, autos: V.D.M y otros s/ infracción ley 24.769”

                                               



 


 
Tags: horacio félix cardozo - plan - facilidades - extinción - acción penal
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ganancias: Solo puede deducirse pérdidas reales y materializadas
En un fallo reciente, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que un contribuyente no puede deducir...
sin comentarios
Trabajo No Registrado: Ante la eliminación de multas, la justicia aplica daño moral
En un fallo reciente, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 77 (sentencia N.º 9606, del 13/09/2025) resolvió que, aunque la Ley Bases ...
sin comentarios
Responsabilidad Laboral: El parentesco no alcanza para considerar a alguien empleador
La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó una sentencia de primera instancia que había extendido la responsabilidad labora...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4412192
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web