HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
AGO 2022 03, publicado por Horacio Cardozo
AFIP extiende el plazo por dos meses para acceder a los beneficios de los planes de pago  
 

 Se extiende hasta el 30/09/22 los plazos para cancelar obligaciones de Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. También se prorrogan los beneficios de los planes de pago permanentes, en relación a la cantidad de cuotas y planes adheribles.

Para el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, los contribuyentes podrán cancelar sus obligaciones en hasta 3 cuotas y con un pago a cuenta del 25%. El beneficio alcanza a aquellos contribuyentes que no estén categorizados como “Riesgo muy alto” por el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), que es el sistema informático de calificación de contribuyentes que realiza una evaluación mensual sobre el cumplimiento de éstos respecto de sus obligaciones tributarias.

En cuanto a los planes de pago permanente, la Resolución General mencionada otorgó vigencia transitoria desde el 20/08/19 hasta el 30/09/22 en lo referido a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles por persona, que ahora pasan a ser 6, así como la cantidad de cuotas a pagar, que se han fijado un máximo de 8 cuotas.

Fuente: Resolución General 5243/2022

                                                            



 


 
Tags: horacio félix cardozo - planes de pago - facilidades de pago - ganancias - bienes personales - planes permanentes - beneficios.
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Impuestos que ahogan: la Corte Suprema le pone un freno a los impuestos abusivos
En un fallo reciente, una empresa argentina, presentó una demanda contra la AFIP pidiendo que se le permitiera ajustar sus impuestos por la inflación del a&...
sin comentarios
¿Corresponde que las franquicias respondan solidariamente ante un reclamo laboral? Límites y consideraciones legales"
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en un fallo dictado el día 15/11/24 en el expediente  “M., N. c/ CAFÉ SEIS  HERMANOS S....
sin comentarios
Delitos que duran en el tiempo: Así cambia la aplicación de la ley
Recientemente, la Cámara de Casación Penal analizó cómo aplicar la figura de "asociación ilícita tributaria" seg&uacut...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 3860098
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web