Hasta el 31 de marzo de 2021, la AFIP estará imposibilitada de iniciar juicios de ejecución fiscal y de solicitar traba de medidas cautelares a Pymes y contribuyentes que desarrollen actividades afectadas en forma crítica. El listado de dichas actividades podrá ser consultado en el sitio www.afip.gob.ar/medidas-de-alivio
En el restante de los casos, el Fisco ya puede promover ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares, pero dichas medidas no podrán ser trabadas por el representante del fisco hasta fecha 31/03/2021.
La AFIP dispuso una nueva prórroga de suspensión de traba de medidas cautelares para las Pymes, hasta el día 28 de febrero, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
La AFIP dispuso una nueva prórroga de suspensión de traba de medidas cautelares para las Pymes, hasta el día 31 de diciembre, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Conforme fuera publicado en el boletín oficial, la AFIP decidió volver a prorrogar la suspensión de la traba de MEDIDAS CAUTELARES de Pymes fiscales que antes regía hasta el 31 de octubre, hasta el día 30 de noviembre, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Conforme fuera publicado en el boletín oficial, la AFIP decidió volver a prorrogar la suspensión de la traba de medidas cautelares de Pymes fiscales que antes regía hasta el 30 de septiembre, hasta el día 31 de octubre, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive, la suspensión de la traba de medidas cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y la suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscales.
El organismo recaudador mediante la resolución General 4770 renovó la suspensión de trabas de embargos sobre Micro, pequeñas y medianas empresas, inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES” hasta el 31 de Agosto de 2020.