HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
FEB 2021 23, publicado por Horacio Cardozo
Economía del conocimiento: pasos para acceder al régimen  
 

El gobierno dispuso que para solicitar la inscripción, se deberá completar y autorizar el envío del formulario que establezca la AFIP, al cual se podrá acceder en la página web del organismo recaudador.  La información para completar el formulario será obtenida de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) ventas vencidas y presentadas ante la AFIP y de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones sociales.

Luego las empresas deberán completar la inscripción en la plataforma de Trámites a Distancia, donde además se recibirán las notificaciones y se podrán hacer todas las presentaciones en el marco del mentado régimen.

Una vez inscriptos, los sujetos deberán conservar la documentación presentada y la respaldatoria de sus declaraciones por los próximos 10 años, ya que dentro de ese plazo, desde el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán requerir “la presentación de la documentación original y cualquier otra documentación o información que estime necesaria, a los efectos de verificar el correcto cumplimiento de la normativa aplicable al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”.

Por último, y a los fines de la categorización del beneficiario, los sujetos solicitantes deberán presentar el certificado MIPYME vigente al momento de la solicitud de inscripción, emitido conforme la Resolución (SEyPyME) N° 220/2019.

Fuente: Disposición 11/2021



 


 
Tags: horacio felix cardozo - economía del conocimiento – requisitos adhesión economía del conocimiento – se establecen pasos para acceder a economía del conocimiento – adhesión economía del conocimiento – disposición 11/2021 -
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Devolución del Impuesto País: La justicia ordena a Arca resolver en 30 días
El Tribunal Fiscal de la Nación emitió un fallo relevante para las empresas que reclaman la devolución del impuesto PAIS: ordenó a ARCA que re...
sin comentarios
Tutela Sindical: El empleador no puede despedir ni modificar condiciones sin autorización judicial
En un fallo reciente, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala X) ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados...
sin comentarios
Impuesto sobre IIBB: Un freno al cobro por patentamiento fuera de jurisdicción
Una reciente resolución de la Comisión Arbitral marca un precedente relevante para empresas que operan en múltiples provincias: no se puede exigir el...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4102836
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web