HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
MAY 2020 13, publicado por Horacio Cardozo
Comité ATP establece criterios para el cálculo de Salario Complementario correspondiente al mes de mayo  
 


La Jefatura de Gabinete, mediante la Decisión administrativa 765/20, adopta las recomendaciones realizadas por el Comité de evaluación y monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y establece que para proceder al cálculo del Salario Complementario de mayo resulta procedente tomar como referencia a la remuneración abonada en el mes de marzo de 2020.

Respecto de las condiciones de admisibilidad del beneficio, la resolución en cuestión establece que se deberá:

-Estimar la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con abril de 2020,

Para las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1º de mayo de 2019: la comparación debería hacerse con el mes de diciembre de 2019.

-Empresas que iniciaron sus actividades en 2020: se propuso continuar con la misma tesitura, donde hasta ahora se recibieron de manera directa el beneficio del Salario Complementario.



 




 
Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - programa atp - salario complementario
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