HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
MAY 2020 04, publicado por Horacio Cardozo
AGIP establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo al 21 de abril no serán computados en la determinación del Impuesto de Sellos  
 

AGIP establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo al 21 de abril no serán computados en la determinación del Impuesto de Sellos

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante la Resolución 183, establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo y 21 de abril de 2020 no deberá ser computado en la determinación del importe adeudado en concepto del Impuesto de Sellos, exclusivamente respecto de aquellos instrumentos celebrados con fecha anterior al día 20 de marzo del corriente año, presentados o que se presenten para su inscripción por ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

Dicha medida es en virtud de que por las restricciones impuestas por la Emergencia Sanitaria, los contribuyentes y/o responsables se han visto imposibilitados de concurrir a los citados Registros Seccionales, a los fines de cancelar sus obligaciones tributarias en el impuesto en mención.



 



 



 


 
Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - agip - impuesto de sellos - plazos no cumputables
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Multas tributarias y error excusable: el Tribunal Fiscal limita la potestad sancionatoria
En un reciente fallo, el Tribunal Fiscal de la Nación dejó sin efecto una multa aplicada por el organismo recaudador en el marco de un ajuste del Impuesto a...
sin comentarios
Despido por motivos de salud: la Cámara confirma la reparación por daño moral
En un reciente fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala X, confirmó una sentencia que reconoció el derecho de una trabajadora a per...
sin comentarios
Asociación Ilícita Fiscal: la Corte Suprema limita la discrecionalidad judicial en la fijación de penas
En un reciente pronunciamiento, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reafirmó un principio central del derecho penal: los jueces deben aplicar la ley v...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 5126213
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web