El 26 de enero pasado el Poder Ejecutivo mediante el Decreto N°51/2022 convocó al congreso de la Nación a Sesiones Extraordinarias que se extenderán desde el 1° hasta el 28 de febrero de 2022. El ejecutivo acompañó un listado de proyectos de ley a tratar entre los encontramos regímenes de promoción y fomento con consecuencias impositivas al sector comercial e industrial.
Entre los temas que forman parte del listado destacamos;
1. Proyecto de Ley por el que se aprueba el Consenso Fiscal suscripto por el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del que se prevé como consecuencia un incremento de la presión fiscal en los impuestos provinciales, como ingresos brutos, impuesto inmobiliario, patrimoniales, pero un límite a la creación de impuestos por parte de la Nación.
2. El Proyecto de Ley de Promoción de la Electro movilidad, que pretende potenciar la cadena de valor de automóviles eléctricos, contempla beneficios y exenciones para toda la cadena productiva.
3. Proyecto de Ley de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz – Autopartista y su Cadena de Valor prevé beneficios como la devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA), amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y derechos de exportación del 0% hasta diciembre de 2031.
4. . Proyecto de Ley tendiente a crear el “Régimen de Fomento al Desarrollo Agroindustrial Federal, Inclusivo, Sustentable y Exportado, el que mediante incentivos fiscales a la inversión primaria e inversiones para la industrialización de las economías regionales.
5. Proyecto de Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, prevé una mayor participación de la industria nacional en las compras realizadas por el Estado.
6. Destacamos especialmente el tratamiento del Proyecto de Ley por el cual se prorrogan los plazos establecidos en el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, prorrogando el acceso al régimen por 150 días.
El mencionado régimen de incentivo a la construcción establecía múltiples beneficios; como la exención del impuesto sobre los Bienes Personales del valor de las inversiones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022 por hasta dos períodos fiscales, la posibilidad de computar el equivalente al 1% del valor de las inversiones en proyectos inmobiliarios como pago a cuenta del impuesto, y el diferimiento del pago del impuesto a la transferencia de inmuebles o del impuesto a las ganancias por los titulares de inmuebles.
Fuente: Decreto N°51/2022 (B.O 26/01/2022) convoca al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a Sesiones Extraordinarias.
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