| Tag: tributos aduaneros |
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FEB 2026 05 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| Tributos aduaneros: freno a intereses desactualizados en devoluciones del Fisco |
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un criterio de fuerte impacto para los contribuyentes al declarar inconstitucional la tasa de interés aplicada por el Fisco en devoluciones de tributos aduaneros, por considerarla irrazonable y desactualizada frente al contexto económico actual.
El caso se originó a partir de un reclamo de una empresa a la que la ARCA–DGA le devolvió sumas abonadas en exceso, pero aplicando una tasa de interés fijada hacía más de veinte años. Esa tasa, completamente divorciada de la realidad inflacionaria, licuaba en los hechos el crédito del contribuyente y transformaba la devolución en una reparación meramente nominal.
Al analizar la cuestión, el Tribunal puso el foco en el efecto concreto de la normativa aplicada. Señaló que la utilización de una tasa notoriamente desactualizada vulnera el derecho de propiedad, ya que priva al contribuyente de una compensación adecuada por el tiempo en que el Estado retuvo indebidamente fondos que no le pertenecían.
En ese marco, la Cámara resolvió dejar sin efecto la tasa cuestionada y ordenar la aplicación de la tasa pasiva promedio del Banco Central, por considerarla un parámetro más razonable y acorde a la finalidad resarcitoria de los intereses en materia de devoluciones impositivas y aduaneras.
Un aspecto relevante del fallo es que ratifica la posibilidad de revisar judicialmente este tipo de cuestiones, aun cuando la tasa haya sido aplicada en sede administrativa conforme a normas reglamentarias vigentes. Para el Tribunal, la legalidad formal no impide el control de constitucionalidad cuando la consecuencia práctica resulta confiscatoria o irrazonable.
Este precedente abre además una oportunidad concreta para revisar devoluciones aduaneras ya percibidas o en trámite. Aquellos contribuyentes que hayan cobrado intereses calculados con tasas históricamente bajas podrían evaluar la viabilidad de reclamar la diferencia correspondiente.
Fuente: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, “Peugeot Citroën Argentina S.A. c/ EN–AFIP DGA s/ Dirección General de Aduanas”, sentencia del 11/12/2025.
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| Tags: tributos aduaneros: freno a intereses desactualizados en devoluciones del fisco |
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MAY 2022 11 |
Publicado por Horacio Cardozo |
| Ordenan el reintegro de derechos de exportación y anulan norma que los creó |
El pasado 5 de mayo, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal decidió por unanimidad reconocer el derecho de la empresa “Gut Metal S.R.L.” a obtener el reintegro de los derechos de exportación abonados al oficializar los despachos de exportación por considerarlos realizados sin causa.
La empresa Gut Metal reclamó el reintegro de las sumas ingresadas en concepto de derechos de exportación durante los períodos de octubre y noviembre de 2018 con el fundamento de haberse realizado en virtud de una norma inválida, el Decreto 793/18. La norma resultaba inválida por establecer condiciones que son facultad exclusiva del legislador, lo que, comporta una violación del principio de reserva de ley en materia tributaria. El contribuyente entendía que la invalidez no puede ser saneada de modo posterior por una ley ratificatoria, en este caso la 27.467
La Cámara con base en jurisprudencia de la Corte, avaló la postura del contribuyente y declaró nulo el Decreto 793/18, ratificando la imposibilidad del ejecutivo a modificar ni adicionar elementos fundamentales de los tributos aduaneros, facultades exclusivas del Congreso de la Nación. Dicha invalidez no puede ser saneada por una norma legislativa posterior que pretenda extender sus efectos al pasado.
Finalmente, la Cámara ordenó que se reintegraría el capital correspondiente y los intereses devengados por el tiempo que la empresa fue privada del uso de ese capital.
Fuente: CAF- “Gut Metal SRL C/ EN-AFIP s/ Dirección General de Aduanas” (s. 5/5/22)

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| Tags: horacio félix cardozo - aduana - derechos de exportación - reintegro - tributos aduaneros - decreto 793/18 - ley 27.467. |
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