HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
ENE 2019 03, publicado por Horacio Cardozo
Giro para el Contribuyente, la Justicia contra la Inhabilitación de la CUIT  
 

Entendió el Juzgado Federal de Corrientes, que una medida de este tipo implica prácticamente la desaparición de identidad tributaria del contribuyente o responsable, pues le impide desarrollar su labor en el marco de legalidad, no sólo en relación con el organismo fiscal sino también con los demás sujetos que se vincule tanto en el aspecto comercial como específicamente fiscal

Enfatizó el Juzgado, que la RG Nro. 3832/16, lejos de reglar pormenores de la inscripción lo que prevé es la Inhabilitación de la Clave Única de identificación tributaria del contribuyente

Que AFIP no posee tales atribuciones, pues las mismas no pueden surgir implícitamente de las competencias expresas y, admitirla, sería contravenir el principio constitucional que impone que la restricción de derechos se realice por Ley

A su vez, dicha sanción no supera el test de razonabilidad, pues el medio es desmedido en proporcionalidad al fin que contemplaría dicha sanción

Pues como ya ha señalado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no resulta admisible que, a la hora de establecer procedimientos destinados a garantizar la normal y expedita percepción de la renta pública, se recurra a instrumentos que quebrantan el orden constitucional

Asimismo, es destacable que el legislador ya tipificó las conductas de los contribuyentes y responsables, así como las sanciones que el ente recaudador puede aplicar para reprimir el incumplimiento de los deberes formales, en el marco de la Ley 11.683



"Bartech Ingenieria S.A. C/ Administración Federal de Ingresos Públicos S/Amparo Ley 16.986" (Expediente Nro. 8.911/2017)


 
Tags: inhabilitación cuit - base apoc - apoc - cuit - afip - evasión - lavado de dinero - lavado de activos - evasión tributaria
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