HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
DIC 2017 30, publicado por Horacio Cardozo
REFORMAS EN LA LEY PENAL TRIBUTARIA II  
 

·      Se aumenta a $ 100.000 (antes $ 40.000) para que el no deposito de retenciones  y percepciones sea delito y se aumenta de 10 dias hábiles a 30 días corridos el plazo.



·      La evasión simple previsional (el que engañe al fisco con el objetivo de evadir aportes y contribuciones) aumenta el monto para ser delito a $ 200.000.- por mes(antes $ 80.000). Este delito ha sido denunciado muy pocas veces pues a la AFIP le resulta dificultoso probar la existencia de este delito (básicamente personal en negro).



·      La evasión previsional agravada aumenta el monto a $ 1.000.000 mensuales.



·      El no deposito de aportes retenidos previsionales retenidos a los empleados aumenta el monto para ser delito a la cantidad de $ 100.000 por mes y el plazo aumenta a 30 dias.  Muy interesante este aumento, pues el monto anterior era de $ 20.000 y era el delito previsional mas denunciado, pues la prueba es muy fácil y surge simplemente de comparar declaración jurada presentada y vencimiento. Seguirá siendo el delito que mas denuncias tiene.


 
Tags: reforma tributaria - penal tributario - reforma penal tributaria - evasion previsional
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Monotributo: ¿Cómo se define el límite de facturación?
En un fallo relevante para profesionales y pequeños contribuyentes, la Sala V de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal determinó...
sin comentarios
Renuncia Voluntaria: Corresponde indemnización?
La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó el reclamo de un trabajador que solicitaba el pago de indemnizaciones por despido y por p...
sin comentarios
Reorganización Empresarial: La justicia habilita a una UTE a mantener beneficios fiscales tras su transformación en S.A.
En un fallo relevante para estructuras empresariales no tradicionales, el Juzgado Federal de Primera Instancia y la Cámara Federal de Posadas confirmaron que una U...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4321847
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web