HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
FEB 2026 05, publicado por Horacio Cardozo
Modificaciones esenciales del contrato de trabajo: Limites al Ius Variandi en el teletrabajo   
 

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo volvió a poner un freno a las modificaciones unilaterales del contrato de trabajo al considerar ajustado a derecho el despido indirecto decidido por una trabajadora frente a la reversión arbitraria de la modalidad de teletrabajo que venía desempeñando desde hacía años.

El caso tuvo origen en la decisión de la empresa de dejar sin efecto el régimen de teletrabajo bajo el cual la actora había prestado tareas durante aproximadamente ocho años. Finalizado un régimen provisorio, la empleadora dispuso el regreso a la modalidad presencial sin invocar una causa concreta ni acreditar razones objetivas que justificaran el cambio.

Al analizar la controversia, la Sala II sostuvo que la modalidad de prestación de tareas —en este caso, el teletrabajo sostenido en el tiempo— constituye una condición esencial del contrato de trabajo. En consecuencia, su modificación unilateral importa un ejercicio abusivo del ius variandi cuando no responde a criterios de razonabilidad, necesidad funcional u objetividad, en los términos del artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo.

El Tribunal recordó que si bien el empleador cuenta con facultades de organización y dirección, estas no son absolutas. La ley habilita únicamente la modificación de condiciones no esenciales, siempre que no se cause perjuicio material o moral al trabajador y que la decisión no sea arbitraria ni irrazonable. Cuando esos límites se exceden, el cambio se torna ilegítimo.

Un punto central del fallo fue el análisis de la cláusula de reversibilidad del teletrabajo. Para los jueces, aun cuando exista una previsión de reversión, ello no exime al empleador de cumplir con los recaudos del art. 66 LCT. La reversión no puede operar de manera automática ni discrecional: debe estar fundada en una causa objetiva y demostrable, extremo que no fue acreditado en el caso.

En ese contexto, la Cámara concluyó que la decisión empresarial implicó una alteración sustancial de las condiciones contractuales, habilitando a la trabajadora a considerarse despedida indirectamente. La falta de justificación concreta y la afectación de una modalidad sostenida durante años tornaron ilegítima la conducta patronal. 

Fuente: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, “M. C. E. C/ Telecom Argentina S.A S/ Despido” - Expte. Nº: CNT 49483/2017



 


 
Tags: modificaciones esenciales del contrato de trabajo: limites al ius variandi en el teletrabajo
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ingresos Brutos: la Corte Suprema frena reclamo fiscal discriminatorio de Santiago del Estero
En un nuevo pronunciamiento en materia de federalismo fiscal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional un reclamo de la Provincia ...
sin comentarios
Prueba obtenida ilegalmente: la Justicia laboral rechaza su incorporación
En un reciente pronunciamiento, la Cámara del Trabajo de Cipolletti rechazó la producción de una prueba pericial informática solicitada por la...
sin comentarios
Ingresos Brutos y “aduanas interiores”: la Corte Suprema frena alícuotas discriminatorias
En un nuevo pronunciamiento en materia de federalismo fiscal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional un esquema del Impuesto sob...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4979468
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web