HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
JUN 2023 07, publicado por Horacio Cardozo
Tasa de Seguridad e Higiene: Fallo desfavorable al Municipio. Debe probarse la efectiva prestación del servicio  
 

Se comenta reciente fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, mediante la cual se hace lugar a la demanda de repetición de la tasa de seguridad e higiene, por falta de prestación efectiva del servicio por parte de un Municipio.

La resolución tiene origen en el planteo de una acción de repetición por parte de una empresa a los fines de obtener la devolución de sumas abonadas en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene al considerar que el Municipio no había prestado efectivamente el servicio. El planteo tuvo buena acogida ante el juez de primera instancia sentencia que fue apelada por el fisco municipal aunque ratificada luego por la Cámara.

El municipio fundamenta su apelación en la afirmación general de que el servicio se encuentra organizado y se presta a los contribuyentes sin ninguna particular relación a la actora. Manifiesta que la potencialidad en la prestación del servicio resulta suficiente para generar el derecho a exigir su contraprestación. También que la mera imposición en aras de los bienes generales debe prevalecer sobre el interés individual.

El tribunal por mayoría ratificó el fallo de la primera instancia al considerar que la tasa cobrada por el municipio carecía de causa suficiente. Los jueces entendieron que no se probó el desarrollo de una actividad estatal que atañe al obligado. En cuanto a la potencialidad del servicio expresó el tribunal que no basta alegar su existencia sino se prueba que el mismo resulta adecuado en relación a los establecimientos del contribuyente.

Cabe resaltar que la sentencia de Cámara se emitió con dos votos a favor y una disidencia, la que se expresó en favor del criterio de potencialidad del servicio en tanto se encuentra debidamente organizado y pueda ser prestado al contribuyente.

Fuente: CAUSA Nº 26491-P CCALP “A.A. COOP. DE TRABAJO LTDA. C/ MUNICIPALIDAD DE LA PLATA S/ PRETENSIÓN RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO, 16/03/2023.

                                                       


 
Tags: horacio félix cardozo - tasas municipales - seguridad e higiene - prestación del servicio - repetición - municipalidad de la plata
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
IIBB y discriminación fiscal: la Corte frena a las provincias que castigan a las empresas por producir fuera de su territorio
La Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a marcar límites frente a maniobras fiscales provinciales que perjudican a empresas con presencia na...
sin comentarios
Ambiente laboral tóxico: un riesgo legal cada vez más costoso para las empresas
En un reciente y contundente fallo, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó a una empresa a indemnizar a una ex trabajadora por ...
sin comentarios
La Justicia frena a los municipios: no se puede cobrar dos veces por el mismo control
En un fallo que marca un fuerte precedente para la industria alimentaria, la Cámara Federal de La Plata le puso un límite a la voracidad fiscal de los munic...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4047814
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web