HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: evasion de impuestos
 

DIC 2017
30

Publicado por Horacio Cardozo
REFORMA PENAL TRIBUTARIA III. Vuelta a la bala de plata

·      La reforma vuelve al criterio de la vieja ley penal tributaria. El que una vez descubierto y denunciado por evasión, extingue la acción penal, si cancela en forma total (incluye intereses)  e incondicional las obligaciones evadidas. El plazo para hacer uso de este beneficio es hasta los 30 dias habiles después de la notificación de la imputación penal.



·      Este beneficio se podrá otorgar por única vez por cada persona física o jurídica.



·      Desde el punto de vista de la política criminal, esto es un retroceso, pero creo que reconoce el tipo de delito y la percepción que la sociedad tiene sobre este tipo de delitos.



·      Este beneficio no se otorga a todos los delitos de la ley penal tributaria. Solamente a los del articulo 1ro. (evasión simple de impuestos), 2do. (evasión agravada de impuestos), 3ro. (aprovechamiento indebido de beneficios fiscales), 5to (evasión previsional simple) y 6to. (evasión previsional agravada). Muy importante tener en cuenta que tanto las retenciones o percepciones de impuestos, como  el no deposito de aportes previsionales del trabajador, no permiten gozar de este beneficio.


Tags: reforma tributaria - penal tributario - REFORMA PENAL TRIBUTARIA - EVASION PREVISIONAL - evasion de impuestos - extinción de la acción penal
  Comentarios   0
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
cardozolapidus.abogados
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
IIBB: Prescripción de deudas impositivas Provinciales y Municipales. Dos años
A raíz de un fallo de la Corte, el pago de multas impositivas sólo podrá ser exigido hasta 2 años después de su imposici&oacu...
sin comentarios
Enfermedad inculpable y pago de haberes
 Un club de fútbol debe abonar al jugador que padece esclerosis lateral amiotrofia, salarios que se devenguen hasta que alance la edad de cuarenta años...
sin comentarios
Jubilados: La Corte Suprema confirmó que no deben pagar ganancias
El Máximo Tribunal resolvió que es inconstitucional que las jubilaciones y pensiones tributen el impuesto a las ganancias. Las jubilaciones no son ganancia ...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
Econfines   Teletrabajo. Implementación. DNU 235/2021. Recomendaciones.   feria AFIP 30 de agosto   Rechazo de demanda   cuarta categoría   Derecho laboral. Despido injustificado. Discriminación. Hostigamiento. Supuestos. Pruebas.   CERO   forum jurídico   ley 24769   despidos   moratoria arba   PREGUNTAS FRECUENTES - GANANCIAS - DEDUCCION - HONORARIOS - PORCENTAJES   : Horacio Felix Cardozo   amparo contadores   Denuncia Penal   AFIP E IMPUESTOS   contratos de locación   homologación   Drecho Tributario   MUNICIPALIDAD   delitos penales tributarios   pago espontáneo   termina dispensa laboral para padres   No configuración   aduanas interiores   PREGUNTAS FRECUENTES   plan de facilidades de pago ARBA   Consentimiento. Vicios   charla   ampliación mayo   Impuesto   sinceramiento   Horacio felix Cardozo – ingresos brutos agentes de recaudación – piso agentes percepción – piso agentes retención – limites para actuar como agente de recaudación – novedades arba – obligación de actuar como agente de recaudación – Resolucion normativa 06/2021   detalles amplia moratoria   fundaciones   Intercambio de Información   RG 4309   improcedencia de deducir gastos   EXPORTADORES   : Horacio Felix Cardozo - salario complementario - programa atp - salario complementario agosto - programa atp agosto - crédito a tasa subsidiada - créditos a tasa subsidiada - salario trabajadores - salario trabajadores mes de agosto - programa atp 5 - cambios programas atp - cambios salario complementario - créditos subsidiados - sueldos trabajadores agosto   cuotas AFIP   Trabajador municipal   Crédito fiscal   Relación laboral. Prueba. Despido con causa. Falta de antecedentes. Preaviso. Improcedencia. Despido sin causa.   delito precedente   Mandamiento   corrupción   locacion   moratoria 2020   jurisdiccion local   k   derecho laboral. Extinción contrato de trabajo. Art. 241. LCT. Ley de contratos de trabajo. Despido sin causa.   moratoria para todos   contrabando   embargos 31 de agosto   juicios   Horacio Félix Cardozo – OBSERVATORIO UBA - FACULTAD DE DERECHO - BLANQUEO - PENAL TRIBUTARIO   ley penal tributario   contrato de trabajo   juicios de apremio en provincia   PREGUNTAS FRECUENTES - EXTENSION - CAUSAS LABORALES - RESPONSABILIDAD   Clave de identificación   comprar   eximicion   iprofesional   REPETICION   regimen tributario   BIENES PERSONALES   nuevas tasas de interés AFIP   cursos tributarios   invertir en el mercado inmobiliario   ART   Ley 26.994   Derecho Laboral. Discriminación. Orientación sexual. Despido sin causa. Daño moral   PAMI   Registración deficiente   : Horacio Felix Cardozo - REPRO II - beneficios programa repro II - Resolucion 938/2020 - programa ATP - REPRO II - beneficiarios repro II - requisitos repro - alcance repro incompatibilidad repro programa atp - beneficios a empleadores - medidas de alivio a la economía - subsidio estatal empresas   Horacio Felix Cardozo – proyecto de ley impuesto a los bienes personales – bienes personales cajas de ahorro – bienes personales fondos de inversión – bienes personales depósitos a plazo fijo – exenciones bienes personales – medidas pandemia – impuestos pandemia – medidas relativas a impuesto a las ganancias e impuesto sobre los bienes personales   sueldos trabajadores agosto   excepción   BLANQUEO DE CAPITALES   Estados Unidos   Facebook   Ley 27653 - aliviofiscal - ampliacion moratorias - boletinoficial - envigencia   medio aguinaldo   efecto ley de alquileres   evasor   Camara Federal de Casación   espontaneidad en el pago   inscripcion   renta inesperada   caen costos construcción   dispensa asistir al trabajo   Cámara Federal de Casación   subsidios   art. 223 bis   extensión mayo   DNU 39/21   Salarios   REDUCCIONES  
 
 
 
Visitas: 2616141
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
[email protected]
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2023 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web