HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: Nuevas medidas del Gobierno
 

MAR 2020
25

Publicado por Horacio Cardozo
Nuevas medidas del Gobierno: Suspenden el cierre de cuentas bancarias y facilitan créditos bancarios a empleadores.

Nuevas medidas del Gobierno: Suspenden el cierre de cuentas bancarias y facilitan créditos bancarios a empleadores.

El poder ejecutivo suspende hasta el 30 de Abril , inclusive,  la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación de aquellos clientes que no puedan cumplir con sus compromisos con el pago de cheques por falta de fondos.

El decreto 312/2020, publicado en el día de hoy en el Boletín oficial, dispone que las entidades financieras no podrán establecer sanción alguna a los cuentacorrentistas, ni inhabilitación, por el libramiento de cheques comunes o de pago diferido sin fondos, así como por la falta de autorización para girar en descubierto.

Asimismo se suspende hasta esa fecha la obligación de las instituciones crediticias de requerir a los empleadores, previo al otorgamiento de un crédito, constancia de no adeudar suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones.

Dichas medidas podrán ser prorrogadas por el Poder Ejecutivo hasta tanto subsista la situación de emergencia.

En los considerandos del decreto de necesidad y urgencia se sostiene que la situación económica actual “hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos, habrá de incrementarse por efecto de esa situación y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores”. Y que “en tales circunstancias, la aplicación de las multas previstas para el caso de rechazo de cheques no solo no cumpliría su finalidad, sino que agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica descripta, y el cierre de la cuenta e inhabilitación que impone el artículo 1º de la ley Nº25.730 privaría a los agentes económicos afectados por estas de un elemento esencial para poder desarrollar sus actividades, perjudicando la posibilidad de realizar y recibir pagos, con el consecuente daño al conjunto de la economía”.


Tags: nuevas medidas del gobierno - horacio felix cardozo
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MAR 2020
25

Publicado por Horacio Cardozo
Nuevas medidas del Gobierno: Suspenden el cierre de cuentas bancarias y facilitan créditos bancarios a empleadores.

Nuevas medidas del Gobierno: Suspenden el cierre de cuentas bancarias y facilitan créditos bancarios a empleadores.

El poder ejecutivo suspende hasta el 30 de Abril , inclusive,  la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación de aquellos clientes que no puedan cumplir con sus compromisos con el pago de cheques por falta de fondos.

El decreto 312/2020, publicado en el día de hoy en el Boletín oficial, dispone que las entidades financieras no podrán establecer sanción alguna a los cuentacorrentistas, ni inhabilitación, por el libramiento de cheques comunes o de pago diferido sin fondos, así como por la falta de autorización para girar en descubierto.

Asimismo se suspende hasta esa fecha la obligación de las instituciones crediticias de requerir a los empleadores, previo al otorgamiento de un crédito, constancia de no adeudar suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones.

Dichas medidas podrán ser prorrogadas por el Poder Ejecutivo hasta tanto subsista la situación de emergencia.

En los considerandos del decreto de necesidad y urgencia se sostiene que la situación económica actual “hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos, habrá de incrementarse por efecto de esa situación y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores”. Y que “en tales circunstancias, la aplicación de las multas previstas para el caso de rechazo de cheques no solo no cumpliría su finalidad, sino que agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica descripta, y el cierre de la cuenta e inhabilitación que impone el artículo 1º de la ley Nº25.730 privaría a los agentes económicos afectados por estas de un elemento esencial para poder desarrollar sus actividades, perjudicando la posibilidad de realizar y recibir pagos, con el consecuente daño al conjunto de la economía”.


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