HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
AGO 2022 10, publicado por Horacio Cardozo
Una sentencia laboral contra la inflación  
 

En un caso en donde la justicia de primera instancia había desestimado la demanda intentada por la trabajadora, La Cámara Nacional del Trabajo modificó la decisión, haciendo lugar a la demanda por trabajo no registrado y sumado a ello, condenó a la empleadora a pagar no solo el monto resultante, sino también los intereses y la actualización monetaria, algo que no suele contemplarse en las sentencias.

Ello sucedió en la causa “M., L. Beatriz vs. O., M. Raquel s. Despido”, en donde la Sala III de la Cámara del fuero dijo que, el importe de condena, además de los intereses fijados según Actas usuales de la Cámara (que son de normal aplicación para no ver depreciado el capital, por lo que suelen ser altas), devengará actualización monetaria.

En efecto, los funcionarios dijeron que corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del art. 4, Ley 25561, que en pocas palabras prohíbe la actualización monetaria. Así, pusieron de manifiesto que la actualización de los créditos surge del actual texto del art. 772 Código Civil y Comercial, el cual resulta aplicable al caso, y que explica que, en la medida que exista un fenómeno inflacionario excesivo, corresponde disponer la actualización de los créditos.

Por lo tanto, se resolvió que se debe devengar actualización monetaria sobre los créditos que proceden, empleando el índice RIPTE del mes en que se apruebe la liquidación y que en caso de que no se encontrará publicado dicho índice, o que éste fuera inferior al índice que elabora la Cámara Argentina de la Construcción, se empleará este último a los fines de realizar el cálculo.

De esta manera, entendió la Cámara, se cumplirá fehacientemente con los fines de reparar la productividad frustrada por la indisponibilidad del capital, castigar la mora en el pago, y no menos importante, disuadir a los deudores en el incumplimiento de las normas; en definitiva, lograr los dos extremos de la eficacia del derecho, a través de la sanción impuesta judicialmente y lograr el acatamiento de las normas jurídicas a fin de disminuir la litigiosidad.

                                                                



 


 
Tags: sentencia. intereses - actualización - inflación - Índice - derechos laborales
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ingresos Brutos: la Corte limita diferencias fiscales entre provincias
En un reciente fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a fijar un límite claro al poder tributario de las provincias en materia de In...
sin comentarios
Despido por abandono de trabajo: la Cámara valida las intimaciones y rechaza defensas tardías
En un reciente fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, confirmó la validez de un despido por abandono de trabajo y rechazó l...
sin comentarios
Multas tributarias y error excusable: el Tribunal Fiscal limita la potestad sancionatoria
En un reciente fallo, el Tribunal Fiscal de la Nación dejó sin efecto una multa aplicada por el organismo recaudador en el marco de un ajuste del Impuesto a...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 5154478
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web