Una empresa dedicada al servciio de radio taxi no esta exenta si no ha podido acreditar que asumía la responsabilidad frente al pasajero por el servicio de transporte prestado, acreditado mediante la emisión de la factura directa al usuario (comentario a fallo que nos publicara el suplemento de Novedades Fiscales del Diario Ambito Financiero el 15.4.14).
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