La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró inconstitucional la tasa de abasto en el Municipio de Santa Rosa e hizo lugar a la demanda interpuesta por una empresa embotelladora.
Una empresa dedicada a la comercialización de bebidas y jugos, promovió demanda contra el municipio de Bahía Blanca por el cobro de la Tasa de Abasto. La norma en cuestión establece que aquellos individuos que elaboren sus productos fuera de la jurisdicción del municipio tendrían que pasar por el control y pagar la tasa, a diferencias de los locales que estaban exentos del pago del mismo. La norma además establecía un decomiso de la mercadería en caso de infracción.
En el caso en cuestión la tasa se debía abonar en función del ingreso de mercadería al municipio midiendo el monto del impuesto por la cantidad de litros que ingresan al municipio. El control se ejercía mediante una estación sanitaria que tiene como función el control de toda la mercadería que ingresa a la jurisdicción, situación que a criterio de la empresa, deviene en una aduana interna.
El juez de primera instancia resolvió fallar en favor del municipio con el fundamento de que la tasa en cuestión no interfiere con la prohibición de la aduana interna, el fallo fue apelado por la empresa.
Finalmente, la Cámara al analizar menciona que la empresa para operar en el municipio, debía abonar la tasa de forma compulsiva o someterse al decomiso de la mercadería, mientras que los contribuyentes locales se encontraban exentos de la misma. Situación que constituye un supuesto de aduana interna, en violación de la Constitución Nacional.
Siendo así que la Cámara revoca el fallo de primera instancia, declara inconstitucional la tasa de abasto y hace lugar al reclamo de la empresa.
Fuente: FBB Sala I E.D.A S.A c/ Municipalidad de Santa Rosa s/ acción meré declarativa de inconstitucionalidad, Expte N° 10355/2020/CA2 de fecha 2.02.2024
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