HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
ABR 2020 27, publicado por Horacio Cardozo
Se suspende por el plazo de 180 días el Registro de Sanciones Laborales  
 

Se suspende por el plazo de 180 días el Registro de Sanciones Laborales.

Mediante la Resolución 352/20 MTEySS se suspende por 180 días los efectos y plazos de permanencia de empleadores incluidos en el Registro Público de empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), así como la incorporación de nuevos empleadores a dicho registro.

En tales términos, los empleadores que se encontraban incluidos en el REPSAL ahora podrán acceder a los programas asistenciales implementados por el estado nacional, como así acceder a líneas crédito otorgadas por instituciones bancarias.

Esta medida no alcanza a quienes fueron incluidos en el registro tras sentencias firmes que hayan establecido que el actor es un trabajador dependiente con relación laboral desconocida por el empleador, o con una fecha de ingreso que difiera de la alegada en su inscripción.

Tampoco incluye a quienes hubieren recibido sanciones por infracciones relativas al trabajo infantil o  sentencias condenatorias por infracción a la ley de trata de personas.



 


 
Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - repsal - beneficios
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