HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
OCT 2013 21, publicado por Horacio Cardozo
EL TRIBUNAL FISCAL TIENE COMPETENCIA PARA RESOLVER EN CADUCIDAD DE PLANES DE PAGO.  
 

Asi lo resolvió la Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, en la causa 53384/2012, Plasticos Romy S.A. c/DGI, en donde revocó una sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que habia resuelto declarar su incompetencia para tratar en un recurso de apelación contra un acto que resuelve decretar la caducidad de un régimen de facilidades de pago. Considero que "resulta claro que decretar la caducidad de una plan de facilidades de pago importa el ejercicio de potestades sancionatorias por parte de la administración. O en otros términos, la sanción que se traduce en la caducidad del plan esta incluida en el supuesto normativo de otras sanciones al que se reviere el inciso b) del artículo 159 de la ley 11.683" Es de destacar que este no es una posición unánime en la justicia, pero parece que es un criterio que puede llegar a imponerse en las demas salas de la Cámara.

 
Tags: caducidad - facilidades de pago
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