HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
NOV 2018 09, publicado por Horacio Cardozo
OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS CONTADORES POR LAVADO DE DINERO. Aumento del monto del activo   
 

El pasado 31 de octubre, la Unidad de Información Financiera (UIF) elevó de $20 millones a $40 millones el umbral de activo a partir del cual el contador público puede pasar a ser sujeto obligado a informar, todo ello con el objeto de prevenir el encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo.

De esta forma, a través de la resolución 130/2018, la UIF modificó el artículo 2, inciso e), apartado B- i) de la resolución 65/2011, llevando a $40 millones el límite mencionado, el cual anteriormente era de $6 millones.

Por último, se destaca también que se ha elevado a $8,8 millones la suma que deben superar las transacciones realizadas, tanto por personas físicas como jurídicas, que requieran la documentación respaldatoria del origen de fondos que deben ser certificadas por Contadores Públicos.


 
Tags: unidad de información financiera - uif - lavado de activos - contadores públicos - resolución 130/2018 - resolución 65/2011
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