HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
ABR 2017 24, publicado por Horacio Cardozo
BLANQUEO LEY 26.476. La justicia perdona multas por el blanqueo  
 

El Cámara Contencioso Administrativo Federal flexibilizo el régimen de condonación de multas de la Ley 26.476 (Blanqueo del año 2008, similar al actual), cuando solamente se encuentra en discusión la sanción aplicada y el contribuyente regularizó la deuda impositiva que lo generó.

La Cámara revocó asi el fallo de la instancia anterior que denegó la condonación, por considerar que la actora no había cancelado la obligación principal que dio origen a la multa en el plazo previsto por la ley, así como suscribió a un plan en los términos de aquella norma, ni acreditó haber renunciado al derecho de repetición respecto de la obligación principal.

A contrario sensu, los magistrados tuvieron por condonada la sanción aplicada en la resolución de la AFIP, atendiendo a la finalidad de la Ley 26.476, ya que una interpretación restrictiva como la propiciada en la sentencia apelada implicaría romper el trato de igualdad con aquellos contribuyentes que se ajustaron al objetivo perseguido por la norma.

Del mismo modo, entendieron que no resulta óbice a la solución propiciada, que la contribuyente no haya renunciado al derecho de repetición de la obligación principal, habida cuenta de que la ley 26.476 exige la renuncia al derecho de repetición en aquellos casos en que los contribuyentes y/o responsables se acogieran al régimen de regularización de deudas impositivas establecidas por esa ley. Por el contrario, dicho requisito no se observa en el caso del beneficio de condonación previsto en el art. 4º, el cual, opera de pleno derecho.

Cámara Contencioso Administrativo Federal -Sala I - 14/07/2016 - "Nelson Hermanos SA c/ DGI s/ Recurso directo de organismo externo".


 
Tags: condonación de multas de pleno derecho - similitud con el régimen actual - blanqueo ley 26.476
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ganancias: Solo puede deducirse pérdidas reales y materializadas
En un fallo reciente, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que un contribuyente no puede deducir...
sin comentarios
Trabajo No Registrado: Ante la eliminación de multas, la justicia aplica daño moral
En un fallo reciente, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 77 (sentencia N.º 9606, del 13/09/2025) resolvió que, aunque la Ley Bases ...
sin comentarios
Responsabilidad Laboral: El parentesco no alcanza para considerar a alguien empleador
La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó una sentencia de primera instancia que había extendido la responsabilidad labora...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4409119
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web