HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
SEP 2016 14, publicado por Horacio Cardozo
ADHESIÓN DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN AL BLANQUEO  
 

El día 08 de septiembre de 2016, la legislatura de la Prov. de Tucumán aprobó la adhesión al Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, previsto en el Título I del Libro II de la Ley Nacional N° 27.260.

El régimen tendrá igual vigencia que el establecido en la ley nacional.

En virtud de dicha adhesión, aquellos que exterioricen sus bienes quedarán eximidos del Impuesto de Sellos por los actos, contrato y operaciones celebradas a tales fines.

Respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, los contribuyentes, inscriptos o no, que exterioricen sus bienes en el país o en exterior, gozarán de los siguientes beneficios: quedarán liberados de la acción penal tributaria que hubiera correspondido y las sumas depositadas no serán consideradas como incrementos patrimoniales no justificados.

Asimismo, en relación al monto de operaciones liberado establecido para la eximición de los Impuestos Internos y al Valor Agregado (punto 2 del inc. c de la ley 27.260), la ley local prevé la eximición del pago de Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se hubieran omitido.

Ahora bien, la ley local apartándose de las liberaciones previstas en la ley de blanqueo nacional, establece la exclusión del beneficio mencionado en el párrafo anterior a aquellos que se encuentren bajo un proceso de fiscalización, determinación o discusión administrativa o judicial, o en proceso de trámite judicial de cobro.

Por último, las liberaciones mencionadas respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no podrá aplicarse a las retenciones, percepciones y recaudaciones practicadas y no ingresadas.



Ver texto completo: https://hlt.gov.ar/pdfs/sesiones/2016-09-08/asuntos/NOTA197.PDF


 
Tags: provincia de tucuman - tucuman - ingresos brutos - ley nacional 27.260
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
PRESCRIPCIÓN DE MULTAS: Se podría frenar el uso retroactivo de moratorias por parte de ARCA
La Procuración General ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un dictamen que marca un límite claro al poder sancionador del fi...
sin comentarios
Servicios eventuales: límites y responsabilidad del verdadero empleador
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró justificado el despido indirecto en que se colocó un trabajador que habí...
sin comentarios
Ratifican la validez del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones: la exención solo aplica ante casos de vulnerabilidad comprobada
 La Cámara Federal de La Plata (Sala II) confirmó un fallo que rechazó el reclamo de un jubilado que pedía dejar de tributar el Impuesto ...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4512517
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web