HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
FEB 2022 23, publicado por Horacio Cardozo
Nuevo régimen de notificaciones para audiencias de SECLO  
 

Las mismas serán mediante la ventanilla electrónica de la AFIP y fue decretado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 73/2022 y dicha medida comenzó a regir a partir de su publicación el día 11/02/2022.

En efecto, se dispuso que las citaciones a audiencias del procedimiento de Instancia de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) sean notificadas a la ventanilla electrónica constituida ante la AFIP. En consecuencia, en la oportunidad de la presentación del reclamo, el SECLO practicará el sorteo del conciliador y fijará la fecha y hora de la primera audiencia ante este, circunstancias ambas que notificará al requerido por medio fehaciente postal o a la ventanilla electrónica constituida ante la AFIP, indicando el nombre del reclamante, el objeto del reclamo y su monto estimado.

En el caso de que fracasare la notificación de la primera audiencia al requerido, el SECLO deberá poner tal circunstancia en conocimiento del reclamante y dejar en suspenso la audiencia. Esta situación, deberá ser notificada al conciliador y a los demás requeridos si los hubiera.

Por su parte, el reclamante deberá denunciar nuevo domicilio del empleador dentro del plazo de 5 días, o bien solicitar, en igual término que se practique la notificación en el domicilio denunciado previamente, mediante cédula que será diligenciada de conformidad con la normativa legal. El incumplimiento del reclamante al respecto dará lugar al archivo del reclamo.

En caso de inasistencias injustificadas a la audiencia por parte del requerido, el conciliador dispondrá la aplicación de la multa, la que asciende actualmente a los siguientes montos: Ausencia a una audiencia: $ 12.540,00, o Ausencia a dos audiencias: $ 25.080,00. Si el requerido fuera debidamente citado y no compareciera a las audiencias en dos oportunidades sucesivas, sin que su incomparecencia fuera justificada, el conciliador dará por finalizado el trámite de conciliación y quedará expedita la vía judicial ordinaria.

                                                                      



 



 


 
Tags: notificaciones. seclo. afip. ventanilla electrónica. nuevo régimen.
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ajuste por inflación y montos diferidos: la Cámara descarta la actualización
En un reciente pronunciamiento, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que no corresponde actualizar por inflac...
sin comentarios
Relación laboral o locación de servicios: la Justicia delimita la subordinación
En un reciente pronunciamiento, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 16 rechazó la demanda promovida por un músico que se consideró despedido, al c...
sin comentarios
📢 TALLER | REFORMA LABORAL 2026
✅ Inscripción gratuita 👉 https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe5-IB7bt2ZZKckLB6K-nnphpX8ckmlL8M_ySV2NyJqvC2CLg/viewform La reforma laboral ya est&a...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4901473
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web