HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
NOV 2021 03, publicado por Horacio Cardozo
ARBA: Se extendieron los plazos de las Moratorias  
 

Arba prorroga moratorias para contribuyentes pymes y empresas afectadas por la pandemia.

·         MORATORIA PATRIMONIAL DEUDAS 2020

Estará vigente hasta el 19 de diciembre de 2021 inclusive y comprende deudas prejudiciales vencidas entre enero y diciembre de 2020. Abarca a los impuestos Inmobiliario (en todas sus plantas, en su componente básico y Complementario), Automotores y Embarcaciones Deportivas

·         NUEVO PLAN DE PAGO POR EL COVID-19:

Estará vigente hasta el 31 de diciembre y está destinado a contribuyentes de Ingresos Brutos con deudas entre el 1° de enero y el 31 de agosto de este año 2021. Posibilita regularizar la situación tributaria de Ingresos Brutos, pero también de Inmobiliario Básico (planta edificada y rural) y Automotores, hasta en 18 cuotas sin interés y la primera de ellas se abonará dos meses después de acogerse al Plan. Sus requisitos son:

a.       Ser persona humana o jurídica inscripta como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

b.      Haber sufrido una caída de ventas o tener un aumento en sus ganancias inferior al 40% respecto del año anterior.

c.       Tener presentadas todas las declaraciones juradas de Ingresos Brutos desde abril de 2019 hasta marzo de 2021, ambos inclusive.

·         MORATORIA PARA AGENTES DE RECAUDACIÓN

Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive y abarca deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y al Impuesto de Sellos, así como también aquellas efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, vencidas o devengadas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial.

Se podrán regularizar las obligaciones aun cuando se encuentren en proceso de fiscalización, determinación, de discusión administrativa o firmes, así como también cuando se encuentren en instancia de discusión o ejecución judicial, cualquiera fuera la fecha de inicio del juicio.

Fuente: Resolución N 36/2021 Arba, modificatoria de Resoluciones Normativas N° 11/2021, N° 13/2021 y modificatoria (Resolución Normativa N° 22/2021) y N° 16/2021.




 
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