HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
AGO 2021 25, publicado por Horacio Cardozo
PREGUNTAS FRECUENTES: Finalización del contrato laboral por Mutuo acuerdo: cuando se da? Como debe instrumentarse? Que parámetros deben cumplirse?  
 

En este supuesto de finalización del contrato de trabajo debemos decir que entre el trabajador y el empleador, si se llega a un acuerdo de partes para poner fin al vínculo laboral, lo que debe instrumentarse es un Acuerdo en los términos del art. 241 de la Ley de Contratos de Trabajo, en donde conste la voluntad de ambas partes por finalizar el contrato de trabajo el cual debe estar firmado de puño y letra por el mismo trabajador, el cual, para dar más seriedad al acto, puede estar acompañado por un abogado patrocinante, y debe hacerse mediante Escritura Pública o bien ante la autoridad judicial o administrativa competente, o sea, el Ministerio de trabajo. De este modo, el empleado nada más podrá reclamar al empleador por la relación laboral, lo cual debe constar en el acuerdo.




 
Tags: preguntas frecuentes - mutuo acuerdo - instrumentacion - parametros
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Tributos aduaneros: freno a intereses desactualizados en devoluciones del Fisco
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un criterio de fuerte impacto para los contribuyentes al declarar incons...
sin comentarios
Modificaciones esenciales del contrato de trabajo: Limites al Ius Variandi en el teletrabajo
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo volvió a poner un freno a las modificaciones unilaterales del contrato de trabajo al considerar ajustado a der...
sin comentarios
Proveedores “apócrifos” y crédito fiscal: la Justicia fija límites al ajuste de IVA
La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó un ajuste de IVA y una multa de significativa magnitud aplicados por el Fisco, al considerar que no resu...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4862949
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web