HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
JUN 2021 02, publicado por Horacio Cardozo
Se prorroga hasta el 31 de agosto la suspensión de inicio de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares  
 

Siguen las inspecciones por el aporte solidario y podrían avanzar sobre Bienes Personales

En el marco de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19, continúan vigentes las razones que motivaron las suspensiones citadas y a fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, el organismo entiende que resulta aconsejable extender su vigencia hasta el 31 de agosto de 2021, inclusive. (Resolución General 5000/2021).

¿A quiénes beneficia y cuáles son los alcances de la medida?

La medida apunta a morigerar los efectos económicos de la pandemia sobre contribuyentes que se encuentren entre las Micro y pequeñas empresas, así como a aquellos que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.

Paralelamente y a fin de preservar las fuentes de financiamiento del Estado Nacional, se excluye de las referidas suspensiones a los montos reclamados en concepto de aporte solidario y extraordinario establecido por la Ley N° 27.605.

La norma contempla también la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.

Finalmente y como ha sido expresado desde un principio en la Resolución General N° 4.936 y sus complementarias, la suspensión no obsta al ejercicio de las facultades de la AFIP, en casos de grave afectación de los intereses del Fisco o prescripción inminente.

Fuente: Resolución General 4953/2021Resolución General 5000/2021.


 
Tags: horacio félix cardozo – ejecuciones fiscales – resolución general 4953/2021 – resolución 5000/2021 – suspensión de embargos–
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ingresos Brutos: la Corte limita diferencias fiscales entre provincias
En un reciente fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a fijar un límite claro al poder tributario de las provincias en materia de In...
sin comentarios
Despido por abandono de trabajo: la Cámara valida las intimaciones y rechaza defensas tardías
En un reciente fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, confirmó la validez de un despido por abandono de trabajo y rechazó l...
sin comentarios
Multas tributarias y error excusable: el Tribunal Fiscal limita la potestad sancionatoria
En un reciente fallo, el Tribunal Fiscal de la Nación dejó sin efecto una multa aplicada por el organismo recaudador en el marco de un ajuste del Impuesto a...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 5144461
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2026 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web