HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
DIC 2020 15, publicado por Horacio Cardozo
Censo Económico: ¿Qué sucederá con los que no lo hagan?  
 

El Banco Central dispuso, que a partir de abril del año 2021, los bancos deberán exigir la presentación de un Certificado de Cumplimiento Censal que acredite que se respondió al Censo Económico 2020/2021 como requisito previo para permitirles realizar una serie de operaciones.

El Censo económico consistirá en un formulario de hasta 17 preguntas donde se deberá informar características de la actividad que se realiza, el tamaño de la empresa, el sector al que pertenece, entre otras.

El plazo para dar cumplimiento con la presentación del certificado será hasta el 22 de febrero del año 2022, ello bajo apercibimiento de no poder realizar las siguientes operaciones:

- apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos,

- otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones,

- apertura de créditos documentarios,

- apertura de cuentas para valores en custodia,

- otorgamiento de fianzas y préstamos de valores, y

- alquiler de cajas de seguridad.                             

Fuente: Comunicación “B” 12100 del Banco Central


 
Tags: censo económico 2020 – censo económico 2021 – certificado de cumplimiento censal – requisitos operar en bancos 2021 – obligaciones censo económico – formulario censo entidades bancarias – formulario censo bancos – censo 2021 – obligaciones para operar en bancos
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