La AFIP emitió la resolución 5135 que implementa el “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” o por sus siglas SIMPES. El mismo tiene como fin evaluar la capacidad económica financiera de quienes realicen pagos por servicios al exterior.
La norma resulta aplicable respecto de las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas que deban realizar pagos al exterior ya sea por cuenta propia o de terceros o que actúen como ordenante del pago para cancelar obligaciones propias o de terceros.
No están incluidos los entes autárquicos, reparticiones, dependencias, etc. del Estado Nacional, así como las instituciones pertenecientes a los estados provinciales o municipales, excepto las entidades y organismos comprendidos en el artículo 1° de la Ley 22.016.
La obligación comprende a los sujetos sobre los cuales recae la obligación contractual del pago (según el contrato, factura o documento equivalente) y los responsables de efectuar el pago (gerente, director, tesorero o similares).
Así también incluye los apoderados, representantes, autorizados y, en general, cualquier persona que ordene la operación de pago bajo cualquier título o personería, en caso que el sujeto que ordene el pago al exterior no coincida con el sujeto obligado ni sea el sujeto responsable de realizarlo (gerente, director, tesorero o similares).
La medida se encuentra vigente desde el 07 de enero de 2022 aplicable incluso a los pagos pendientes de los contratos celebrados con anterioridad a la fecha de vigencia.
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