HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
JUN 2021 22, publicado por Horacio Cardozo
INCLUSION EN BASE APOC: AFIP NO PUEDE AVASALLAR LOS DERECHOS DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE  
 

El pasado 10 de junio de 2021 la CSJN rechazó un recurso planteado por AFIP, confirmando lo resuelto por la Cámara Federal de Córdoba. En dicha instancia, el Tribunal por mayoría hizo lugar al recurso de apelación postulado por el actor, en razón de haber sido incluido por el fisco en la Base Apoc al manifestar que carecía de capacidad económica, ello en función de una fiscalización ejecutada contra el apelante. Pero, dicha tesitura fue ejecutada sin el dictado del acto administrativo correspondiente, vulnerando de esta forma los derechos de defensa del contribuyente.

Tal como se desprende a lo largo del fallo en análisis, el Tribunal sostiene que “se rompe la presunción de legitimidad del actuar administrativo atento no existir actos fundados” y que el debido proceso adjetivo “comprende especialmente el derecho de los administrados a una decisión fundada con la posibilidad de exponer razones y defensas antes de la emisión de actos que se refieran a sus derechos subjetivos o intereses legítimos”.

En consecuencia, se cuestiona la conducta del Organismo Recaudador toda vez que no existió un acto administrativo a través del cual se haya incluido al contribuyente en la base apoc. Y por lo tanto se sostiene que ello implica una flagrante violación al derecho que le corresponde a un debido proceso adjetivo (conf. art. 1°, inc. f), pto. 1) de la ley 19.549). Configura una “vía de hecho administrativa”, que desborda sus atribuciones legítimas y trae aparejada una restricción o cercenamiento de derechos y garantías constitucionales.

Fuente: “A. M. J. C/ AFIP-DGI-AMPARO LEY 16.986- CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA A.  Firme CSJN 10/06/2021 por rechazo de recurso extraordinario del Fisco”


 
Tags: horacio félix cardozo – base apoc – jurisprudencia – debido proceso adjetivo –acto administrativo– derecho de defensa – cámara federal de córdoba
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Ganancias: Solo puede deducirse pérdidas reales y materializadas
En un fallo reciente, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que un contribuyente no puede deducir...
sin comentarios
Trabajo No Registrado: Ante la eliminación de multas, la justicia aplica daño moral
En un fallo reciente, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 77 (sentencia N.º 9606, del 13/09/2025) resolvió que, aunque la Ley Bases ...
sin comentarios
Responsabilidad Laboral: El parentesco no alcanza para considerar a alguien empleador
La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó una sentencia de primera instancia que había extendido la responsabilidad labora...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 4409933
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
hcardozo@cardozo-lapidus.com.ar
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2025 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web