HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
Tag: plan de facilidades de pago ARBA
 

DIC 2020
15

Publicado por Horacio Cardozo
Plan Excepcional de ARBA para los que omitieron retener

Hasta el 31 de Diciembre de 2020 los agentes de recaudación podrán adherirse a un plan de facilidades de pago por deudas por los impuestos sobre ingresos brutos y de sellos que se hayan omitido retener y/o percibir, devengadas al 31 de mayo de 2020, inclusive.

Dichas deudas podrán ser regularizadas en hasta 48 cuotas para las micro empresas y en hasta 36 cuotas para el resto de las pymes. Ello con la particularidad de que cuando se cancele la deuda en hasta 6 cuotas, se reducirán en un 100% los recargos y multas.

Más detalles en el siguiente link:

http://horaciocardozo.com.ar/general/805-arba-nuevo-plan-de-pagos-para-agentes-de-retencian-sobre-ingresos-brutos.html

Fuente: RN 53/20


Tags: horacio felix cardozo - rn 53/20 - impuestos sobre ingresos brutos - ingresos brutos - impuesto de sellos - plan de facilidades de pago - plan de facilidades de pago arba - agentes de recaudación - agentes de percepción - régimen de regularización de deudas - arba - agentes de percepción
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AGO 2020
25

Publicado por Horacio Cardozo
ARBA: Nuevo plan de pagos para agentes de retención sobre ingresos brutos y sellos


Desde el 1 de octubre y hasta el 31 de Diciembre de 2020 los agentes de recaudación podrán adherirse a un plan de facilidades de pago por retenciones y percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos a través de la página web de ARBA.

Deudas incluidas

-Las deudas por los impuestos sobre ingresos brutos y de sellos que se hayan omitido retener y/o percibir, devengadas al 31 de mayo de 2020, inclusive;

-Las deudas correspondientes a intereses, recargos y sanciones por retenciones y/o percepciones no efectuadas, o por falta de presentación de sus declaraciones juradas de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior;

-Las deudas provenientes de otros planos de facilidades posteriores al 1 de enero de 2000, caducos al 31 de mayo de 2020, inclusive.

Deudas excluidas

-Se encuentran excluidas las deudas respecto las cuales se haya dictado sentencia penal condenatoria por delitos que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones tributarias que se pretenden regularizar;

- Las deudas por retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o no ingresadas en término, incluso las provenientes de aplicación de multas.

- Las deudas verificadas en concurso preventivo o quiebra.

Requisitos

-Serán requisitos para acceder al plan de pagos que el agente de recaudación se encuentre inscripto en el programa “Buenos Aires ActiBA” o en el “Agro Registro MiPyMES”

-Tratandose de deudas en instancia de ejecución judicial, el agente además de reconocer y regularizar el importe total de la deuda reclamada en el juicio de apremio, deberá abonar las costas y gastos causídicos estimados sobre la base de la pretensión fiscal.

Formas de pago. Interés de financiación

El pago de las obligaciones regularizadas podrá realizarse de acuerdo a las siguientes modalidades según la categoría que revista cada agente de recaudación:

Plan de Pagos Micro:

1) Al contado;

2) 3 cuotas: sin interés de financiación;

3) 6 a 12 cuotas: con 2% de interés de financiación de sobre saldo;

4) 15 a 48 cuotas cuotas: pagando un anticipo que varía entre el 5% y el 20% con interés de entre el 2,25% y 4,25% sobre el saldo, según cantidad de cuotas.

Plan de Pagos Pequeña

1) Al contado;

2) 3 cuotas: sin interés de financiación;

3) 6 a 36 cuotas: pagando un anticipo que varía entre el 5% y el 20% con interés de entre el 2, 5% y 3,50% sobre el saldo, según cantidad de cuotas.

Plan de Pagos Mediana

1) Al contado;

2) 3 cuotas: sin interés de financiación;

3) 6 a 36 cuotas: pagando un anticipo que varía entre el 10% y el 25% con interés de entre el 2,75% y 4% sobre el saldo, según cantidad de cuotas.

Plan de Pagos Resto de los Agentes

1) Al contado;

2) 3 cuotas: sin interés de financiación;

3) 6 a 36 cuotas: pagando un anticipo que varía entre el 10% y el 30% con interés de entre el 4% y 7% sobre el saldo, según cantidad de cuotas.

En todos los casos en que se cancele la deuda en hasta 6 cuotas, se reducirán en un 100% los recargos y multas.

Fuente: Resolución normativa 53/20 ARBA.



 





























 


























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