HORACIO CARDOZO            
ABOGADO - Estrategias tributarias
Profesor de postgrado en Derecho Tributario (UBA)
Adjunto regular por concurso (UBA - Derecho)
 
MAY 2020 26, publicado por Horacio Cardozo
Salario Complementario del mes de mayo: Análisis Sectorial y extensión requisitos; Hoy vence plazo de adhesión  
 

Atento a las consultas recibidas en el estudio, detallamos los requisitos para acceder al beneficio del salario complementario según lo dispuesto por el Acta 11, aprobada por la Decisión Administrativa 817/2020.

Para acceder al beneficio del salario complementario del mes de mayo de 2020, las empresas, cualquiera sea su número de empleados,  no podrán:

• Distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019.

• Recomprar sus acciones directa o indirectamente.

• Adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.

• Realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

Las empresas beneficiarias no podrán efectuar las operaciones antes previstas durante el ejercicio en curso y los 12 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico posterior a aquel en el que se otorgó el beneficio, inclusive por resultados acumulados anteriores.

En el caso de empresas de más de 800 trabajadores se amplía el plazo de 12 meses anteriormente indicado al plazo de 24 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico posterior a aquel en el que se otorgó el beneficio

Por último, recordamos que en el dia de hoy (martes 26 de mayo) vence el plazo para adherirse al beneficio del salario complementario correspondiente al mes de mayo.

En lo que respecta al salario complementario del mes de abril del corriente año:

• Las empresas de más de 800 trabajadores deberán cumplir con todos los requisitos enunciados anteriormente, sin la ampliación a 24 meses antes enunciada.

• Las empresas de menos de 800 trabajadores no deben cumplir con ninguno de los requisitos antes enunciados.



 



 


 
Tags: coronavirus - horacio felix cardozo - salario complementario mayo - requisitos - empresas - 800 trabajadores
  Comentarios
 
 
BUSCADOR
Busca entre las publicaciones
 
 
NUESTROS CURSOS
de CAPACITACIÓN
 
 
SUSCRIBIRSE AL BLOG
Reciba nuestras últimas noticias
 
 
SEGUINOS EN:
Linkedin
 
 
ÚLTIMAS PUBLICACIONES
 
Es discriminatorio despedir tras una larga licencia psiquiátrica?
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó al empleador a abonar un...
sin comentarios
Fallo reafirma la Inconstitucionalidad del cobro de ganancias a jubilados
En un reciente fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, se hizo lugar al reclamo del contribuyente por el cobro del impuesto a las ganancias&nbs...
sin comentarios
Sesiones Periódicas de Actualización Impositiva y Seguridad Social
El Colegio de Graduados en Ciencias Económicas invita a sus Sesiones Periódicas de Actualización Impositiva y Seguridad Social (SPAISS). Este m...
sin comentarios
 
 
   OTROS TEMAS
 
 
 
Visitas: 3377787
 
  Horacio Cardozo
San Martín 201 Piso 8 "A", C.A.B.A.
Tel.: 51991702/ 51991703
Cel.: 1541811981 - 60885899
[email protected]
 
| Inicio | El porqué del Blog | Cursos | Prensa | Sobre mí | Enlaces | Novedades laborales | Sección alumnos |
Copyright 2024 | Todos los Derechos Reservados | Diseño y armado by Plap Disenio Web